El acusado causó quemaduras en el 30% del cuerpo de la víctima en el domicilio que compartían en Laguna Verde.
En la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso se desarrolló el juicio en contra del acusado J.D.M. como autor del delito frustrado de femicidio, hecho ocurrido en abril del año 2021 en el sector de Laguna Verde.
El Tribunal condenó al acusado a la pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito de femicidio, en grado de frustrado. Pena que deberá cumplir de manera efectiva.
Durante el juicio, el fiscal Mansilla señaló que "el imputado procedió a insultar a su conviviente, la víctima y pateo un bidón con el que se encontraba llenando una estufa a parafina, mojándola con dicha sustancia. Inmediatamente después, prendió un encendedor plástico y quemó a la víctima en un 30 por ciento de su cuerpo. El imputado sabía o no pudo menos que prever que la conducta desplegada traería como resultado la muerte de su conviviente, la que no se verificó por hechos independientes a su voluntad”.
Se presentó prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba, sin contar en estrado con la declaración de la propia víctima. Pese a ello, el Tribunal obtuvo total convicción de los hechos materia de la acusación, condenado al imputado como autor de femicidio.
“Haciendo un compendio de la prueba rendida a este respecto, el Tribunal sólo pudo concluir que era víctima de la violencia ejercida en su contra por su pareja, su conviviente, el acusado. La víctima así lo dio a conocer a la policía en las dos declaraciones que otorgó en mayo y en octubre de 2021 y esa declaración se encuentra ratificada por otros medios probatorios. (…) Todos los razonamientos que se han expuesto y explicado detalladamente permiten sostener la tesis acusatoria de la Fiscalía. Lo anterior, incluso sopesando la retractación posterior en la que incurrió la víctima”, señala la sentencia.
Veredicto condenatorio que valoró el fiscal Mansilla: “Me pareció muy relevante la forma como el tribunal analizó la prueba y forma convicción con perspectiva de género y con sujeción a la Convención para sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Belem do Para”. En ese sentido se condena al acusado, no solo con una víctima retractada, sino que con una víctima que modifica su primera versión de los hechos y establece una distinta dinámica de ellos, en la que ella misma se habría provocado las lesiones y quemaduras de más del 30 % de su cuerpo”.
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