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Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que golpeó y amarró con alambres de púas a mujer en quebrada de Reñaca

Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que golpeó y amarró con alambres de púas a mujer en quebrada de Reñaca

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El hecho ocurrió el 11 de diciembre de 2021 en el sector Mirador de Reñaca de la Ciudad Jardín.

Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que golpeó y amarró con alambres de púas a mujer en quebrada de Reñaca
Martes 5 de diciembre de 2023 16:47
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El Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar condenó a  Julio Contreras Zúñiga a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, la que deberá cumplir de manera efectiva, tras ser acusado por el Ministerio Público como autor de femicidio frustrado.

Este hecho ocurrió el 11 de diciembre de 2021 en el sector del Mirador de Reñaca.

El Fiscal de Viña del Mar, Gonzalo Inostroza, expuso que el sujeto “trasladó bajo engaño a la víctima, hasta la parte baja de la quebrada en el sector Mirador de Reñaca en Viña del Mar y una vez en el lugar, el imputado procedió a tomar a la víctima por la espalda, cubriéndole con uno de sus brazos su nariz y boca y le dijo “cagaste, de aquí no sales viva”, luego la empujó y tiró fuertemente cayendo ésta al suelo, donde comenzó a ahorcarla y agredirla, metiendo el imputado sus dedos en la boca y ojos de la víctima, golpeándola con diversos elementos contundentes en el rostro y cabeza con intención homicida, mientras ella gritaba por auxilio. Luego, y aprovechando su superioridad física, puso a la víctima sobre un colchón que había en el lugar, amarrando sus manos con alambres, para seguir agrediéndola, estando ésta ya inconsciente, instantes en que, debido a la intervención de una vecina del lugar, se dio a la fuga”.

De acuerdo con lo que se expuso, todas las lesiones eran compatibles con la acción de elementos contundentes y mecanismo de asfixia, que para juicio de la Fiscalía podían ser mortales, y que dejaron a la víctima con graves secuelas.  Se presentó prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba, entre ellas, prueba científica que permitieron dar por acreditados los hechos y la autoría del acusado en los mismos. Así lo estimo el Tribunal, quien condenó a Contreras Zuñiga, como autor de homicidio frustrado.

“Con relación a la recalificación, eso se dio porque yo presenté acusación por el delito de femicidio no íntimo, es el que comete un hombre contra una mujer, pero entre los cuales no hay una relación de convivencia o pololeo. El tribunal resolvió que no se daba dicha figura penal, porque no eran suficientes los elementos para estimar que el delito se cometió con una motivación de género, esto es, que se cometió porque la víctima era mujer. Eso sí, acogió la agravante de valerse de su superioridad física y de la carencia de elementos defensivos de la víctima”, explicó Inostroza al conocer la sentencia.

(Imagen referencial)

PURANOTICIA

 

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