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Comisión de Constitución aplicó criterios de Ley Emilia al proyecto anticolusión

Comisión de Constitución aplicó criterios de Ley Emilia al proyecto anticolusión

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Diputado Leonardo Soto explicó que así se asesgura al menos un año efectivo de cárcel antes de que los responsables puedan acceder a formas alternativas de cumplimiento de penas.

Comisión de Constitución aplicó criterios de Ley Emilia al proyecto anticolusión
Martes 10 de noviembre de 2015 19:01
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Diputados aprobaron replicar los criterios de la denominada Ley Emilia a los actos colusorios, asegurando así al menos un año efectivo de cárcel antes de que los responsables puedan acceder a formas alternativas de cumplimiento de penas.

La comisión de Constitución de la Cámara despachó este martes el proyecto de ley que establece cárcel y aumenta las multas aplicables por casos de colusió. El texto -que tiene discusión inmediata- será revisado ahora por la comisión de Hacienda, para luego ser analizado en la Sala.

La iniciativa contempla penas de entre 5 y 10 años de cárcel, y multas consistentes en el doble del beneficio obtenido fraudulentamente o el 30% de las ventas en el período de colusión de la empresa implicada.

Además, en la comisión de Constitución se aprobó replicar los criterios de la denominada Ley Emilia a los actos colusorios, asegurando así al menos un año efectivo de cárcel antes de que los responsables puedan acceder a formas alternativas de cumplimiento de penas.

"Para que la legislación opere como un real disuasivo los actores económicos deben saber que existe la posibilidad concreta de pagar con cárcel por este tipo de conductas, lo que se podía evitar en ciertos casos por la aplicación de atenuantes", destacó el presidente de la instancia, diputado Leonardo Soto (PS).

Asimismo, se aprobó que si la colusión implica bienes de primera necesidad se apliquen penas por sobre los 7 años y medio de cárcel, lo que por sí solo asegura reclusión efectiva para los culpables.

Otra de las modificaciones introducidas al proyecto por la Comisión de Constitución fue restringir los beneficios otorgados por la delación compensada, "porque hasta ahora existían para el primer, segundo, tercer y hasta cuarto delator, lo que no nos pareció razonable", señaló Soto.

Por lo anterior, se estableció que solo la primera empresa en autodenunciarse podrá eximirse de la sanción penal y el total de la multa. A su vez, para la segunda se mantiene la responsabilidad penal, teniendo además que pagar al menos la mitad de la multa (lo que es equivalente al total de los beneficios obtenidos ilegítimamente).

Con todo, el diputado Soto explicó que para acogerse al beneficio tendrán que cumplir una serie de requisitos, como "entregar antecedes que efectivamente conduzcan a establecer la participación de las empresas y las responsabilidad individuales, y que no sea un grupo organizador del cartel que haya conexionado a los otros".

"Así reforzamos la delación compensada como una herramienta efectiva para desbaratar los carteles, pero con la convicción de que hay que restringir los beneficios a quienes se coluden perjudicando a millones de personas", concluyó el parlamentario.

Pn/cp

ATON CHILE

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