La iniciativa busca evitar que la incomparecencia injustificada paralice el proceso penal. El proyecto continuará su debate en particular la próxima semana.
La Sala del Senado aprobó en general con 29 votos a favor y 2 en contra, el proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal con el fin de regular la continuidad del juicio oral y permitir la dictación de sentencia definitiva en ausencia del imputado.
La iniciativa solo fue sancionada en general y se acordó debatir en particular durante la próxima semana. Durante la sesión se indicó que, a la fecha, hay 57 indicaciones presentadas.
Con todo, el objetivo central de la reforma es evitar que la incomparecencia o rebeldía injustificada del acusado se transforme en un obstáculo absoluto para la consecución del proceso penal y la dictación de una sentencia.
Con este fin se introducen ajustes en el procedimiento ordinario y simplificado para:
Cabe recordar el proyecto tuvo un primer debate durante la jornada del martes 22, en donde intervinieron las y los senadores Yasna Provoste -quien pidió segunda discusión-, Claudia Pascual, Andrés Longton, Beatriz Sánchez, Cristian Vial e Iván Flores.
Durante este miércoles, argumentaron su votación las y los senadores Pedro Araya, Claudia Pascual, Sebastián Keitel y Beatriz Sánchez, además del ministro de Justicia, Fernando Rabat.
Cabe hacer presente que las argumentaciones a favor destacaron los avances en la celeridad y combate a la impunidad, subrayaron que la incomparecencia injustificada ha sido una fuente recurrente de impunidad en el sistema procesal penal chileno, desgastando recursos públicos y revictimizando a quienes esperan justicia.
Se agregó que el modelo sigue estándares internacionales y que era “necesario enmendar un desequilibrio normativo que favorecía la fuga del imputado”.
Las dudas estuvieron fundadas en las prevenciones sobre garantías y la necesidad de indicaciones. Se instó a analizar detalladamente las observaciones formuladas por la Corte Suprema y mantener altos estándares en el debido proceso y los regímenes de recursos.
Asimismo, se dejó constancia que el proyecto de ley, por sus características, debía tener revisión por parte de la Comisión de Constitución.
PURANOTICIA