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Convención aprobó un sistema de salud de carácter "universal, público e integrado”

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También se podrá instaurar por ley el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores “con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema”.

Convención aprobó un sistema de salud de carácter "universal, público e integrado”
Miércoles 20 de abril de 2022 09:27
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El Pleno de la Convención Constitucional aprobó siete de los 12 incisos que componen artículo del Derecho a la Salud del segundo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales, entre ellas la que consagra un sistema de salud será “de carácter universal, público e integrado”.

Además, “se regirá por los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficacia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación”.

Se establece que este sistema “será financiado a través de las rentas generales de la nación”. También se podrá instaurar por ley el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores “con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema”. Además, se determinará por ley el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos del sistema.

El texto que pasará al borrador de la nueva Constitución señala que “toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental”.

También pasa al borrador el texto que plantea que “el Estado deberá proveer las condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel posible de salud, considerando en todas sus decisiones el impacto de las determinantes sociales y ambientales sobre la salud de la población”.

Se aprobó, además, el inciso que establece que es deber del Estado generar políticas y programas de salud mental destinados a la atención y prevención, con enfoque comunitario, y que éste aumentará de manera progresiva su financiamiento.

A su vez, corresponderá de forma exclusiva al Estado la función de “rectoría” del sistema de salud, función que incluye la regulación, supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas del país.

Con respecto a la existencia de las isapres, el inciso que permite la existencia de seguros privados voluntarios, que no pueden sustituir o duplicar el rol del Estado, volvió a la comisión para ser revisado.

Otro inciso que volvió a la comisión es el que señala que “los prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro. La ley establecerá los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento”.

PURANOTICIA

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