El requerimiento fue presentado por el diputado UDI Juan Antonio Coloma, quien apuntó a eventuales vicios en el arribo del aún diputado del Partido Socialista.
La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse por el requerimiento presentado por la UDI respecto a una presunta incompatibilidad en el nombramiento del futuro subsecretario del Interior, el aún diputado del PS Manuel Monsalve.
El requerimiento fue presentado por el diputado UDI Juan Antonio Coloma, quien apuntó a eventuales vicios en el arribo de Monsalve.
De acuerdo a Coloma, el militante socialista debe asumir por "tradición democrática" la subsecretaría el 9 de marzo para preparar el cambio de mando del 11 de ese mes, donde el futuro gobierno asumirá la administración del país.
De esta forma, el parlamentario gremialista acusó que existiría una incompatibilidad, ya que Monsalve continuará siendo diputado para esa fecha.
"Los cargos de diputados y senadores son incompatibles entre sí y con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza”, consignó Coloma en el documento.
El legislador oficialista puso como ejemplo los casos de los ex subsecretarios del Interior, Mahmud Aleuy y Rodrigo Ubilla, quienes asumieron sus funciones el 8 de marzo de 2014 y 2018, respectivamente, sin ser representantes del Congreso.
Al respecto, la Contraloría publicó un documento informando abstenerse "de emitir el pronunciamiento requerido mediante oficio (...) del prosecretario de la Cámara de Diputadas y Diputados, por motivo que señala".
Según indicó La Tercera, el ente encabezado por Jorge Bermúdez explicó que "cumple con manifestar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, N° 1, de la resolución N° 6, de 2019, de este origen, los decretos supremos sobre materias de personal firmados por el Presidente de la República se encuentran afectos al control previo de juridicidad ante este Organismo Fiscalizador, mediante el trámite de toma de razón".
De esta forma, señaló que “en consecuencia, la legalidad del nombramiento por el que se consulta será revisada en su oportunidad, esto es, cuando esa determinación haya sido adoptada por el Presidente de la República y el decreto supremo respectivo sea sometido al trámite de toma de razón, no siendo posible emitir una opinión anticipada sobre una decisión que aún no ha sido adoptada por la autoridad".
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