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Consejo Constitucional aprueba que presos puedan pedir arresto domiciliario si padecen enfermedad terminal

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Además, el pleno aprobó la norma que exige la expulsión “en el menor tiempo posible” de aquellos migrantes que ingresaran por pasos no habilitado al país.

Consejo Constitucional aprueba que presos puedan pedir arresto domiciliario si padecen enfermedad terminal
Miércoles 20 de septiembre de 2023 16:03
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El Consejo Constitucional aprobó la norma que establece que enfermos terminales podrán solicitar al tribunal competente, cumplir la condena en reclusión domiciliaria total.

El órgano redactor inició la discusión del Capítulo II sobre "Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales".

En la sesión, los consejeros respaldaron la norma que plantea que “las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal y que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad”.

Durante la discusión, la consejera Karen Araya (PC) recordó “al pleno y sobre todo a la ciudadanía que los republicanos se habían comprometido a eliminarla, pero eso no sucedió”.

De esta forma, emplazó directamente a los representantes del Partido Republicano y manifestó “me gustaría pedirle a los consejeros de ese partido que le expliquen al país ¿por qué no cumplieron dicho compromiso?”.

Por otro lado, este miércoles, el pleno aprobó la norma que exige la expulsión “en el menor tiempo posible” de aquellos migrantes que ingresaran por pasos no habilitado al país.

“La ley regulará el ingreso, estadía, residencia y egreso de extranjeros del territorio nacional. Los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia, salvo en los casos de refugio o asilo expresamente contemplados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, indica la norma.

Asimismo, establece que “los extranjeros que cometan un crimen o simple delito dentro del territorio nacional y sean condenados a presidio efectivo, deberán cumplir la pena carcelaria en su país de origen, cuando corresponda, y en caso de cumplir la pena en nuestro país serán inmediatamente expulsados”.

PURANOTICIA

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