Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Condenan a Enel y Metrogas a pagar $365 millones por explosión que destruyó un edificio en Recoleta

Condenan a Enel y Metrogas a pagar $365 millones por explosión que destruyó un edificio en Recoleta

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El 15º Juzgado Civil de Santiago determinó la "actuación negligente" de ambas empresas en la tragedia de 2017. El fallo dio por probado que la falta de mantención eléctrica perforó una cañería de gas, provocando la pérdida total del inmueble y tres heridos graves.

Condenan a Enel y Metrogas a pagar $365 millones por explosión que destruyó un edificio en Recoleta
Martes 7 de julio de 2026 11:48
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

El 15º Juzgado Civil de Santiago condenó a Enel Distribución y Metrogas a pagar una indemnización de $365.630.000 por concepto de daño emergente y daño moral, tras establecer su responsabilidad en la explosión ocurrida en septiembre de 2017 en un inmueble de la comuna de Recoleta, hecho que obligó a demoler el edificio y dejó a tres personas gravemente heridas.

En el fallo, la magistrada Carolina Montecinos Fabio concluyó que la explosión fue consecuencia de una actuación negligente de ambas empresas, debido a la falta de distancia y protección entre las redes de distribución de electricidad y gas.

La sentencia establece que el calor emitido por una línea eléctrica de Enel, que presentaba deterioro por falta de mantención, perforó una tubería de polietileno de Metrogas, provocando una fuga de gas que se extendió hasta el edificio ubicado en Bombero Núñez N°40, el cual resultó con pérdida total.

Respecto de la responsabilidad de Enel, la resolución señala que "no controvirtió en lo sustancial que los cables que ocasionaron la perforación en la tubería de gas fueran parte de su red eléctrica, o que se encontraban sin aislación o protección. Luego, tampoco logró demostrar que cumplió su deber de mantener en buen estado la red eléctrica o en condiciones de evitar peligros".

Asimismo, el fallo agrega que "si bien adujo que la línea eléctrica fue intervenida por terceros, esta alegación fue descartada en el procedimiento administrativo al concluirse que la falta de protección del cableado era compatible con una falta de mantención y no con la intervención de terceros".

La magistrada también enfatiza que "con todo, la presunta intervención de terceros no exime a la empresa de su obligación de efectuar todas las acciones y medidas tendientes a mantener y conservar las líneas de distribución eléctrica en estado de evitar riesgos para las personas o cosas".

En cuanto a Metrogas, la sentencia concluye que "por su parte, se sancionó a la demandada Metrogas por vulnerar las normas que regulan el diseño e instalación de red de gas, al no mantener el espacio libre suficiente entre la tubería plástica de gas y las líneas eléctricas".

PURANOTICIA