La nueva normativa amplía así lo estipulado por la ley aprobada en España en 2007, que ya no está vigente, que establecía la posibilidad de adquirir la nacionalidad para aquellos que tuvieran un padre o madre español de origen, y que era aplicable a sus hijos, siempre y cuando fueran menores.
La ley, publicada el pasado jueves en el Boletín Oficial del Estado de España, se denomina oficialmente Ley de Memoria Democrática, pero la mayoría de los diarios latinoamericanos que se hicieron inmediatamente eco de la noticia la llaman en sus portadas "Ley de Nietos".
La razón de esta curiosa denominación es simple: la nueva legislación amplía el acceso a la nacionalidad española a miles de descendientes de españoles que nacieron en el extranjero.
La nueva normativa amplía así lo estipulado por la ley aprobada en España en 2007, que ya no está vigente, que establecía la posibilidad de adquirir la nacionalidad para aquellos que tuvieran un padre o madre español de origen, y que era aplicable a sus hijos, siempre y cuando fueran menores.
Aunque el objetivo general de la ley es resarcir a las víctimas de la Guerra Civil Española y del posterior gobierno militar de Francisco Franco, lo que ha llamado la atención de la prensa latinoamericana es la disposición adicional octava, que facilita la obtención de un pasaporte español para tres nuevos grupos:
El documento especifica que este trámite deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley.
"Al terminar este plazo, el Consejo de Ministros podrá acordar su prórroga por un año", concluye la disposición adicional octava.
La nueva ley consiguió el aval del Senado español tras haber obtenido 128 votos positivos, 113 negativos y 18 abstenciones.
Hasta su aprobación, los nietos de españoles cuyos padres -nacidos fuera de España- habían obtenido la nacionalidad tenían las siguientes restricciones de edad para acceder a la ciudadanía española.
Medios latinoamericanos, como el diario Clarín de Argentina, destacan que a diferencia de la ley de 2007, que establecía un plazo adicional para tramitar la nacionalidad española, hasta que las dependencias oficiales estuvieran preparadas para recibir las nuevas solicitudes, la actual legislación no establece ningún período de tiempo preparatorio.
PURANOTICIA // BBC MUNDO