Viernes 15 de julio de 2022 17:08

Contraloría "aprieta" a la Alcaldesa de La Cruz: Filomena Navia tiene 30 días para regularizar exceso de contratos y entregar actas de Concejo

El Municipio de La Cruz ha incumplido el límite máximo legal de trabajadores a contrata, sujetos al Código del Trabajo y prestadores de servicios a honorarios bajo la administración de Filomena Navia, situación que ha derivado incluso en dos modificaciones presupuestarias.

El excedido número de funcionarios con los que cuenta el Municipio de La Cruz ha sido uno de los temas que más han complicado a la administración de la alcaldesa Filomena Navia, del Partido Socialista (PS) en su año de gestión. Diversas sesiones de Concejo Municipal se han convocado para abordar el tema, incluso aprobándose dos modificaciones presupuestarias para tener los recursos necesarios y cumplir con las responsabilidades salariales que se tienen con los trabajadores de la casa edilicia.

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Frente a este problema, los concejales Paolo Sanhueza Beretta (UDI), Jaime Ponce Vera (IND-UDI) y Alejandra Espinoza Díaz (PS, igual que la Alcaldesa) acudieron a la Contraloría Regional de Valparaíso para solicitar un pronunciamiento respecto de la contratación de prestadores de servicios a honorarios, funcionarios a contrata y afectos al Código del Trabajo, que efectuaría el Municipio de La Cruz, el cual –como incluso ya lo estableció el propio órgano comunal– sobrepasa el porcentaje legal.

LÍMITE LEGAL INCUMPLIDO

En cuanto al incumplimiento de límite máximo legal de funcionarios municipales en La Cruz, la entidad que fiscaliza a los órganos del Estado, en primer lugar, puntualiza que la ley establece que "los cargos a contrata, en su conjunto, no podrán representar un gasto superior al 40% del gasto de remuneraciones de la planta municipal".

Respecto al gasto anual en personal, se indica que no podrá exceder el 42% de los ingresos propios percibidos el año anterior. "Se entenderá por gasto en personal el que se irrogue para cubrir las remuneraciones correspondientes al personal de planta y a contrata", sostiene la Ley Nº 18.883. Asimismo, considera en dicho gasto los honorarios a suma alzada pagados a personas naturales, honorarios asimilados a grado, jornales, remuneraciones reguladas por el Código del Trabajo, entre otros.

Con estos antecedentes en la mano, Contraloría los cotejó con la realidad del Municipio de La Cruz, en base al oficio ordinario Nº 64, del 11 de mayo de 2022, de la Directora de Administración y Finanzas de la casa edilicia, revelándose que hasta abril el gasto en personal a contrata y en honorarios representa un 74,10% y un 18,61% de lo gastado en personal de planta, respectivamente. Sobre el gasto en personal, éste constituye un 41,88% de los ingresos propios del año 2021.

REGULARIZACIÓN EN 30 DÍAS

Una vez detectados los incumplimientos respecto al límite máximo legal de servidores a contrata, sujetos al Código del Trabajo y prestadores de servicios a honorarios bajo la administración de Filomena Navia, la Contraloría Regional de Valparaíso instruyó a la Municipalidad de La Cruz que "adopte las medidas tendientes a regularizar la situación descrita".

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Para ello, la administración de la militante socialista deberá informar –con documentos, en formato PDF y en su sitio web– las medidas acordadas a la entidad fiscalizadora dentro de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del pronunciamiento al cual Puranoticia.cl tuvo acceso.

Pero eso no es todo, pues la Contraloría también informó que remitirá todos los antecedentes a la Unidad Técnica de Control Externo de su sede regional, a efecto de considerar lo ocurrido como "insumo para próximas acciones de fiscalización".

FALTA DE RESPUESTAS

El requerimiento de Sanhueza, Ponce y Espinoza también incluía la solicitud de un pronunciamiento respecto a su denuncia de que el Director de Control de la Municipalidad de La Cruz (Gonzalo Gálvez) "no ha dado respuesta" a consultas que los propios ediles han expresado en relación al exceso de funcionarios contratados.

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Sobre este punto, la Ley Nº 18.695 establece que la unidad municipal de Control deberá colaborar con el Concejo en el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, emitiendo un informe trimestral respecto a las diferentes materias. Además, el encargado del departamento deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones que formule un concejal. Acerca de los plazos, la ley no lo establece, pero sí habla de informes trimestrales, lo que implica considerar toda la información del período.

Este punto también genera un revés para la administración de Filomena Navia, pues la Contraloría estimó pertinente remitir los antecedentes a la Unidad Técnica de Control Externo de su sede en Valparaíso, "a efecto de considerar la situación descrita como insumo para próximas acciones de fiscalización".

ACTAS DEL CONCEJO

Los ediles también aprovecharon la instancia para denunciar retrasos en la entrega de actas de las sesiones del Concejo Municipal, hecho que vendría ocurriendo desde octubre de 2021, según dieron cuenta Sanhueza, Ponce y Espinoza.

Al respecto, la ley indica que hay dos mecanismos para que un concejal solicite información: por intermedio del Concejo o directamente ante el Alcalde o Alcaldesa. En relación al segundo punto, la autoridad comunal deberá entregar fotocopias de los antecedentes que le fueron requeridos.

Consultado el Municipio de Navia respecto a los motivos de los retrasos denunciados, desde la administración se indicó que debido a la larga ausencia del secretario municipal, "se produjo un atraso en la confección de las actas de las sesiones del Concejo Municipal y en su posterior entrega a los concejales".

Frente a esta denuncia, se determinó que el Municipio crucino deberá entregar a los concejales las actas de las sesiones realizadas en mayo de 2022, gestión de la que deberá informar a Contraloría –en formato PDF y en su sitio web– dentro de 30 días hábiles contados dede la fecha de recepción del documento.

¿SUPLENCIAS EN REGLA?

Los ediles, por último, pidieron un pronunciamiento respecto a la procedencia de las suplencias realizadas por Ángel Segovia Olavarría, como secretario municipal; y por Leopoldo Salazar Cáceres, como director de Seguridad Pública, por encontrarse los titulares de estas plazas con licencia médica y feriado legal.

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En este sentido, Contraloría señaló en su respuesta que el ex titular de la Secretaría Municipal, Manuel Araya Castillo, entre el 12 de octubre de 2021 y el 8 de febrero de 2022, hizo uso de licencia médica por 90 días, tras lo cual gozó de feriado legal por 20 días hábiles, para finalmente cesar en su cargo por aceptación de su renuncia voluntaria, a partir del día 1 de abril.

En tanto, el órgano fiscalizador advirtió que la ex directora de Seguridad Pública, Katherine Cáceres Bruna, también hizo uso de licencia médica por 35 días, entre el 11 de enero y el 14 de febrero de 2022, tras lo cual se le puso término a su nombramiento.

En vista de que tras sus salidas del Municipio fueron designados –mediante sendos Decretos Alcaldicios– en dichos puestos, y en calidad de suplentes, Contraloría indicó que "se ajustaron a derecho las suplencias de los señores Segovia Olavarría y Salazar Cáceres", considerando también que "el señor Araya Castillo y la señora Cáceres Bruna estuvieron alejados de sus funciones por un período mayor a un mes".

PURANOTICIA

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