Durante el tiempo de suspensión, el jefe comunal tendrá derecho al goce del 50% por ciento de sus remuneraciones y no podrá hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo.
El Tribunal Calificador de Elecciones resolvió suspender de sus funciones por 30 días al alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp.
Esto se produce luego de que el Tricel acogiera parte de un requerimiento presentado por los Concejales de la comuna respecto a irregularidades en la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social (Cormuval).
El fallo sostiene "si bien se han constatado irregularidades administrativas en la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social, que dan lugar a la responsabilidad administrativa del Alcalde requerido, carecen de la entidad suficiente para hacer procedente su destitución del cargo".
Luego agregan que "la justicia electoral, ponderando los hechos como jurado, conforme a lo estatuido en el artículo 95 de la Constitución Política de la República, autoriza a recorrer el rango de sanciones previstas en el artículo 120 de la Ley N°18.883, cuando las conductas u omisiones sancionadas no sean de la gravedad o notabilidad que hagan acreedora a la autoridad edilicia de una sanción mayor, por lo que se ha resuelto del modo que se decide en lo resolutivo de esta sentencia".
"Por estas consideraciones y citas legales, se revoca la sentencia apelada de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, escrita a fojas 29.075 (TER) y, en su lugar, se acoge el requerimiento de fojas 1 (TER), sólo en cuanto se le aplica a don Jorge Sharp Gajardo la sanción de suspensión del ejercicio de su cargo de Alcalde de la comuna de Valparaíso, por el término de un mes", dice.
Cabe señalar que durante la suspensión, el jefe comunal de la Ciudad Puerto tendrá derecho al goce del 50% de sus remuneraciones y no podrá hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo.
PURANOTICIA