Audiencia de preparación de juicio oral será este lunes 15 de abril, a las 9 de la mañana, en el Juzgado de Garantía de la comuna. Representante de una de las víctimas busca poder sentar un precedente para "inhibir que otros funcionarios en circunstancias similares se excedan en sus funciones y golpeen a detenidos sin tener motivo".
Una condena de suspensión de cargos por cuatro años, además de una medida cautelar de libertad vigilada intensiva es lo que esperan los querellantes de la causa por apremios ilegítimos contra cinco carabineros, en el marco de una manifestación de octubre de 2019, la que tendrá su audiencia de preparación de juicio oral el próximo lunes a las 9 de la mañana en el Juzgado de Garantía de Quilpué, tras la suspensión de la misma en febrero de este año.
El tribunal ya había decretado la medida cautelar de arraigo nacional y prohibición de acercamiento en contra de los cinco carabineros de la 2ª Comisaría de Quilpué formalizados, en cuya causa también participa como querellante el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).
Se trata de dos casos que en el documento de medios de prueba para este lunes -audiencia en la que se presentarán 32 testigos testimoniales entre cercanos a las víctimas, funcionarios de Carabineros y de la PDI, tres pruebas periciales y 63 pruebas documentales, además de otros medios de prueba como fotografías y grabaciones de los hechos ocurridos- explican lo ocurrido.
“El día 19 de octubre de 2019, a las 22:08 horas aproximadamente, en la intersección de calles Irarrázaval con Vicuña Mackenna, comuna de Quilpué, en el contexto del denominado Estallido Social”, la víctima "al intentar huir del lugar, torció su pie (sufriendo una “luxofractura lisfranc pie derecho”), cayendo al piso, siendo detenido por el funcionario de Carabineros, Cabo 2º Marcelo Lillo Pérez y otro funcionario aún no identificado, quienes lo golpearon en distintas partes del cuerpo. Como consecuencia de lo anterior, la víctima resultó con lesiones consistentes en “traumatismo superficial de la cabeza, úlcera de la córnea”, de carácter menos grave y, además, producto del miedo generado por la situación, se defecó”.
El relato continúa, señalando que “una vez detenida la víctima y siendo evidentes sus lesiones, fue trasladado en el vehículo policial Z-7154, a cargo de la Sargento 1º de Carabineros, Jimena Alejandra Otárola López a la 2a Comisaría de Quilpué y no a un Centro de Salud, infringiendo de esta forma los protocolos institucionales, específicamente la circular N° 1832, publicada el 04 de marzo de 2019. Posteriormente en el interior del calabozo de la 2ª Comisaría de Quilpué, la víctima quien aún se mantenía defecado, vomitó, no siendo auxiliado por los funcionarios de guardia cabo 1º Sebastián Quiroz González, sargento 1º Carlos Zuleta Yulis y suboficial de guardia Nancy Verónica Messenet Pinto, siendo trasladado solamente alrededor de las 01:30 horas al Hospital de Quilpué a constatar lesiones, lugar en el cual se le entregó un pañal y una bata azul. Finalmente, en horas de la mañana, la víctima fue trasladada al Juzgado de Garantía de Quilpué, con las prendas indicadas (pañal y bata) para la realización de audiencia de control de la detención”, detallan sobre uno de los casos.
En cuanto al segundo hecho, precisan que “en horas indeterminadas entre el 19 y 20 de octubre del año 2019, en el sector de calabozos de la 2ª Comisaría de Quilpué, el imputado cabo 1º Sebastián Quiroz González, golpeó en múltiples ocasiones al detenido", el que resultó, "producto de esas agresiones, con lesiones leves consistentes en “hematoma y herida cortante de un centímetro en región frontal y equimosis en pómulo izquierdo”.
El abogado querellante, Gonzalo Uribe, expresó que “esperamos que efectivamente se haga justicia y que situaciones como ésta no vuelvan a suceder. Que de alguna u otra forma se cumplan los objetivos del derecho penal, y uno de ellos es inhibir que otros funcionarios en circunstancias similares se excedan en sus funciones y golpeen a detenidos sin tener motivo o razón para hacerlo, incluso ya estando reducidos”.
Advirtió que “mi representado es un profesional universitario de una prestigiosa universidad de la zona, no tiene antecedentes penales, es hijo de un matrimonio de profesionales, no tiene ninguna vinculación con el mundo delictual, el único error que cometió fue no correr cuando la gran mayoría de los manifestantes corrían. Ellos iban, con su amigo, contra el sentido del tránsito de los que iban corriendo, y se encontraron de frente con Carabineros. Y lamentablemente, Carabineros, tomando ciertos elementos que son absolutamente subjetivos e impropios, como que el muchacho haya tenido el pelo largo, barba y cierto tipo de vestimenta, lo detuvieron, lo golpearon antes de su detención, después de su detención, en el cuartel de Carabineros, y resultó con lesiones menos graves. Se espera que se haga justicia y que esto sirva, de alguna otra forma, como una señal de alerta”.
Uribe sostuvo que "la pena que pedimos nosotros está dentro del grado de presidio menor en su grado máximo, que va de 3 a 5 años, y en ese rango, nosotros estamos pidiendo cuatro años, porque se reconoce que todos los funcionarios tienen irreprochable conducta, en consecuencia la pena no se va a aplicar en su nivel máximo. Cuando no hay antecedentes penales, lo más probable es que ellos puedan optar, si es que son condenados, a una pena sustitutiva y en ese rango de pena correspondería a libertad vigilada intensiva. En algunas ocasiones y en este caso, las penas acarrean penas accesorias, y una de ellas es la inhabilitación para cargos o profesiones titulares durante el tiempo de la condena. A lo menos, durante la etapa de la condena, no podrían ejercer su rol de funcionarios públicos. Eso, sin perjuicio de que Carabineros en forma interna pudiera decidir establecer responsabilidades administrativas, distinta a las penales, como un procedimiento sancionatorio, pero la experiencia indica que no llegan a ninguna parte”.
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