Superintendencia del Medio Ambiente estableció que existen "indicios suficientes" para iniciar el procedimiento, en virtud de la normativa legal, del cual la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental de Valparaíso se pronunció a favor de ingresar dicho proyecto.
Un duró revés sufrió el proyecto inmobiliario que dos empresas intentan materializar en las cercanías del humedal de Tunquén, en la comuna de Algarrobo; esto, luego que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenara –bajo apercibimiento de sanción– que la iniciativa ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Se trata del proyecto «Loteo Playa Sur de Tunquén», a cargo de las firmas Inmobiliaria e Inversiones Las Olas SpA e Inmobiliaria e Inversiones Punta de Gallo SpA.
Y es que según dictaminó la entidad fiscalizadora, el proyecto inmobiliario en cuestión configura la tipología contenida en el literal p) del artículo 10 de la Ley Nº 19.300, que da cuenta respecto a las iniciativas o actividades susceptibles de causar impacto ambiental y que, por consiguiente, deberán someterse al SEIA.
Acerca de la iniciativa, se informó que consiste en el loteo de un precio ubicado en el sector conocido como «La Ventana», al sur de la playa grande de Tunquén, para construir 80 parcelas para su posterior venta. La iniciativa de las dos inmobiliarias contempla una superficie de 50 hectáreas, distribuidas en 44,89 hectáreas para instalar parcelas y 5,11 para caminos, áreas verdes y zonas de esparcimiento.
No obstante, dicho proyecto ha generado la resistencia de algunos movimientos ambientalistas de la provincia de San Antonio, como la Fundación Tunquén Sustentable, que presentó una denuncia por obras en el sector sur de las dunas de Tunquén, cuyos movimientos de tierra y emisión de material particulado (entre otras materias) estarían afectando al humedal Laguna Seca de Algarrobo.
Esta denuncia generó que la Superintendencia se diera cita en el sitio para ejecutar tres fiscalizaciones en terreno, analizando imágenes satelitales y expedientes de dos casos revisados previamente por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, lo que motivó que la SMA solicitará información a los titulares del proyecto en Tunquén.
Así es como el órgano fiscalizador determinó en estas fiscalizaciones que el proyecto «Loteo Playa Sur de Tunquén» deberá ser sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, pues existían "indicios suficientes" para iniciar dicho procedimiento, en virtud de la normativa legal, del cual la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Valparaíso se pronunció a favor de ingresar dicho proyecto.
De igual forma, la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en sentencias de marzo y julio de 2022 dispuso la paralización de la ejecución y tramitación del proyecto, resoluciones que posteriormente fueron confirmadas por la Corte Suprema.
"En este caso se estaría frente a un proyecto inmobiliario que, al contemplar obras de urbanización y/o edificación, estaría impactando negativamente en el ecosistema del sector sur del Campo Dunar de Tunquén, junto con la afectación del humedal Laguna Seca, producto de movimientos de tierras, emisión de material particulado, entre otras materias, respecto a la ejecución de este loteo, el cual, no cuenta con la autorización ambiental respectiva", señaló Carolina Silva, jefa de la Superintendencia del Medio Ambiente en la región de Valparaíso.
Con esta resolución de la SMA, ahora Inmobiliaria e Inversiones Las Olas SpA e Inmobiliaria e Inversiones Punta de Gallo SpA deberán informar cada cuatro meses el estado de avance en su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o Estudio de Impacto Ambiental (EIA), así como el estado de ejecución de su proyecto.
Además, en un plazo de ocho o doce meses, contados desde la fecha de la notificación de la resolución de requerimiento de ingreso, deberán dar cuenta ante la SMA acerca del ingreso efectivo de su DIA o EIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; además que cada seis meses, contados desde el ingreso de su DIA o EIA al SEIA, tendrán que informar el estado de avance en el proceso de evaluación ambiental.
Por último, las empresas inmobiliarias tendrán que informar el término del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto, ya sea que este se produzca por la dictación de una Resolución de Calificación Ambiental, o bien, por cualquier otro motivo, en un plazo de cinco días hábiles desde producido tal hito.
PURANOTICIA