Frente a las dudas planteadas desde el mundo político, Puranoticia.cl accedió a dos fallos del Tribunal Calificador de Elecciones que se refieren a esta situación, en la que –por ejemplo– se encuentran figuras como Luis Mella, Maité Larrondo o Claudio Zurita.
Una importante interrogante ha surgido en el marco de la ley que regula la reelección de autoridades como alcaldes y concejales, los cuales serán definidos este sábado 26 y domingo 27 de octubre a través de la Elección Municipal a realizarse en todo el país.
Se trata del artículo 118 de la Constitución Política de la República de Chile, establecido luego que el año 2020 el presidente Sebastián Piñera promulgara una reforma constitucional que ponía límites a la reelección de estas autoridades nacionales.
El apartado legal afirma en su primer párrafo de la Constitución Política de la República que "los alcaldes serán elegidos por sufragio universal, de conformidad a la ley orgánica constitucional de municipalidades. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos".
Estas palabras han abierto algunas dudas en el mundo político, pues no son pocos los que estiman que un Alcalde o Concejal que no pudo ir a la reelección en la Elección Municipal de 2021 tampoco podrá hacerlo este 2024, pues ya cumplió sus tres periodos máximos y que la inhabilidad es permanente. En contraparte, otros señalan que este Alcalde o Concejal, al no haber ejercido cargos públicos entre 2021 y 2024, ahora sí puede ir como candidato en los comicios de octubre.
Este manto de dudas que se abre afecta directamente a algunos insignes ex alcaldes de la región de Valparaíso, como es el caso del independiente (ex DC) Luis Mella, quien fue Alcalde de Quillota por casi 30 años y este 2024 pretende volver al Municipio. Situación similar ocurre con Luis Pradenas (UDI), quien estuvo más de tres periodos en la Alcaldía de Panquehue; o la misma UDI Maité Larrondo, quien gobernó por largos años la Municipalidad de La Cruz; caso parecido al de Claudio Zurita (PPD) en Santa María.
Para resolver esta controversia, Puranoticia.cl accedió a dos resoluciones emitidas por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). En el primero de ellos, del 1 de marzo de 2021, se rechazó una impugnación presentada por una candidata a la Alcaldía de Pucón en contra del jefe comunal RN, Carlos Barra, quien solicitó bajar su candidatura debido a que la autoridad ya tenía más de tres periodos en el cargo. No obstante, durante uno de ellos no ejerció como Alcalde, por lo cual se configura perfecto la interrogante planteada por Puranoticia.cl en el caso de los ediles de la región de Valparaíso.
Si bien, en una primera instancia, el Tribunal Electoral Regional (TER) de La Araucanía acogió un reclamo contra la candidatura del ex alcalde, sentenciando que ni siquiera podía postular a la Elección Municipal de 2021; luego, el Tricel rectifica la decisión, con voto de mayoría, permitiéndole a Barra postular a la reelección.
"Aparece claro que, luego del periodo 2008 a 2012 –en que el candidato no sirvió el cargo–, el lapso siguiente, iniciado el año 2012, para regir hasta el 2016, corresponde inequívocamente a una elección, y luego, al ser electo para el período 2016 a 2020 contabiliza a su haber una primera reelección, de modo tal que, contrariamente a lo declarado en primera instancia, sí le asiste el derecho a postular y ser declarado candidato para una segunda reelección, como lo determinó el Servicio Electoral (Servel) al proceder al examen de sus antecedentes", reza el fallo.
De todas maneras, importante es hacer presente que los ministros que votaron en contra de esta resolución argumentaron que "con ese subterfugio legal podría nuevamente presentarse para ser elegido y reelegido por dos períodos sucesivos, lo cual obviamente burla el verdadero sentido, alcance y espíritu de la ley que se dictó justamente para evitar que una persona se desempeñara más de 12 años como edil al mando de una comuna, ya que la ley quiso favorecer la alternancia de las personas en el poder y la inclusión de nuevos individuos en el gobierno local".
La segunda resolución analizada por el Tribunal Calificador de Elecciones, del 3 de noviembre de 2020, presenta el caso de que un Alcalde o Concejal pudiera presentarse por un cuarto periodo, pero en una comuna distinta en la que ejerció.
"El artículo 74 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece las inhabilidades para ser candidato a Alcalde y, examinada esta norma en relación al artículo 57 de la misma ley que trata de los requisitos para ser la máxima autoridad comunal, resulta inequívocamente que un Alcalde no tiene prohibición de postularse a una elección, del mismo cargo, en otra comuna", reza el fallo.
De igual forma, el Tricel reafirma su decisión señalando que "la prohibición que tiene es la de repostularse para ser reelegido en la misma comuna en que haya ejercido el cargo por dos o más períodos sucesivos", agregando que "es la disposición transitoria 34ª de la Constitución Política la que se refirió a las inhabilidades de un ciudadano que quiera postularse al cargo de Alcalde y, no se refiere a que le esté prohibido postularse como candidato al mismo cargo por otra comuna".
La sentencia también expresa que "si la limitación se refiriera a otra comuna distinta en la que actualmente ejerce el cargo de Alcalde, el constituyente no habría utilizado la expresión “reelección”, puesto que sólo es posible volver a ser reelegido, un Alcalde, para la misma comuna; puesto que, en otra comuna, nunca ha sido electo".
Conforme a este razonamiento, los ministros del Tricel estimaron que "la limitación constitucional de la “reelección” sólo está referida al cargo de Alcalde del Municipio en que ha ejercido sus funciones por dos períodos sucesivos, puesto, además, que de haberse pretendido que no pueda ser “electo” Alcalde en otra comuna, así lo habría manifestado expresamente el constituyente".
Para resolver las dudas surgidas en torno a las interpretaciones al inciso primero del artículo 118 de la Constitución Política de la República de Chile, Puranoticia.cl tomó contacto con Fernando Wilson, académico de la Facultad de Artes Liberales de la Universidad Adolfo Ibáñez, quien explicó el sentido de la disposición legal.
"El contador se reinicia y, de hecho, el mejor ejemplo es que Johnny Carrasco está tratando de volver a Pudahuel después de estar un periodo afuera y después de ser el Alcalde por décadas. Lo mismo ocurre con Luis Mella en Quillota", afirmó el experto, agregando que "basta estar un periodo afuera para reiniciar el contador".
El también doctor en Historia, magíster en Ciencias Políticas y experto en Relaciones Internacionales explicó a este medio que "tanto para el Gobierno como para la oposición, volver a sandías caladas –por decirlo de alguna manera– representa una cierta garantía en un escenario en la cual ambas coaliciones tienen problemas objetivos de negociaciones, porque se ampliaron: en el caso de la derecha, tienen a Demócratas y Amarillos, además de la sombra de Republicanos; mientras que la izquierda tiene a los 10 partidos de las dos coaliciones de Gobierno, más la DC".
"En esa situación, nombres que resultan más tradicionales y que dan una cierta garantía en el panorama tremendamente movedizo que tenemos todavía, generan cierto grado de garantía", afirmó el académico de la región de Valparaíso.
También expuso que "no olvidemos que lo que vence mañana es el plazo para inscribir Primarias. Es decir, queda hasta julio para definir candidaturas únicas. Así que yo no descartaría que algunos, de lado y lado, hagan la cochinada de esperar a que venza ese plazo y luego poner a un factótum que no sea necesariamente aceptable para otros y jugar desde una perspectiva de política de fuerza; y por otro lado, derechamente comenzar acciones políticas mucho más directas, considerando que la posibilidad de primarias oficiales ya pasó".
Finalmente, Fernando Wilson sentenció en diálogoco con Puranoticia.cl que "siempre queda la opción de primarias convencionales entre los distintos partidos, sin el apoyo del Servel, pero ya es un escenario mucho más complejo, donde es mucho más preferible tener una figura que ya está probada, por decirlo de alguna manera".
En base a esta interpretación, sumado a lo dictaminado previamente por el Tribunal Calificador de Elecciones, queda claro que Luis Mella, Maité Larrondo, Claudio Zurita y Luis Pradenas pueden respirar tranquilos en la región de Valparaíso y, si así lo desean, podrán ser nuevamente candidatos por los Municipios que ya lideraron previamente.
PURANOTICIA