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Docentes de Hualpén recuperarán descuentos tras fallo de la Corte Suprema

Docentes de Hualpén recuperarán descuentos tras fallo de la Corte Suprema

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El presidente del Magisterio, Mario Aguilar, valoró la sentencia: “Nos parece de la mayor importancia el fallo, que establece que el municipio de Hualpén incurrió en una situación ilegal y arbitraria cuando descontó, sin efectuar los sumarios ni procedimientos administrativos previos”.

Docentes de Hualpén recuperarán descuentos tras fallo de la Corte Suprema
Martes 28 de octubre de 2025 11:55
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La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que dejó sin efecto los descuentos aplicados en las remuneraciones de los docentes de Hualpén que participaron en las movilizaciones convocadas por el Colegio de Profesores, en el marco de su negociación de la Agenda Corta en mayo y junio pasado.

En su momento, la Contralora General de la República, Dorothy Pérez, envió oficios a las municipalidades y SLEP, indicando que debían descontar de las remuneraciones de las y los docentes las jornadas de movilización, sin embargo, la Corte Suprema le dio la razón al gremio docente.

De esta forma, destacó el gremio, la Municipalidad de Hualpén debe restituir lo descontado al actuar de manera ilegal y arbitraria, efectuar descuentos sin un procedimiento administrativo previo, no verificar individualmente la participación de cada docente y no garantizar su derecho a defensa.

El presidente nacional del Colegio de Profesores, Mario Aguilar, destacó el valor de la sentencia “nos parece de la mayor importancia el fallo de la Corte Suprema, que establece que el municipio de Hualpén incurrió en una situación ilegal y arbitraria cuando descontó, sin efectuar los sumarios ni procedimientos administrativos previos”.

El líder gremial agregó que “este fallo de la Corte Suprema nos da la razón, porque el máximo organismo de la justicia en Chile, señala que los descuentos no se pueden realizar arbitrariamente ni con una simple instrucción como ha pretendido la contralora general de la república. Por lo tanto, nos parece un fallo extremadamente importante”.

Mario Aguilar explicó que “era justamente lo que queríamos con estos recursos de protección presentados en distintas zonas del país, que llegaran a la Corte Suprema y ella estableciera este criterio, que a nosotros nos parece razonable y que además estuvo en fallos anteriores, respecto que para proceder con los descuentos debe haber un procedimiento previo, no simplemente la sola instrucción de descontar”.

“Cuando los docentes se adhieren a movilizaciones convocadas por su gremio, no están incurriendo necesariamente en una falta o en una ausencia injustificada, porque hay un llamado de su organización gremial. El derecho a huelga está garantizado en Chile y está consagrado por convenios internacionales que Chile ha firmado”, sostuvo Aguilar.

Por último, concluyó que “nos parece un fallo importante, que nos da la razón y ahora deberán ajustarse los procedimientos señalados por la Contraloría al respecto”.

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