El hombre de iniciales H.R.M.V. fue imputado por el Ministerio Público como autor del delito de parricidio.
El Juzgado de Garantía de Los Vilos dejó sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a H.R.M.V., imputado por el Ministerio Público como autor del delito de parricidio, registrado el domingo pasado, en dicha comuna.
Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del domingo 19 de mayo de 2024, al interior de un domicilio ubicado en la localidad de Guanguali, el imputado golpeó en numerosas oportunidades a su madre, causándole numerosas lesiones y contusiones, que le provocaron la muerte en el lugar debido a un politraumatismo complicado, según el Servicio Médico Legal.
En la audiencia de formalización, la magistrada Daniella Pinto Cortés no dio a lugar a la solicitud de la defensa de suspensión del procedimiento, y ordenó el ingreso de H.R.M.V., a la unidad hospitalaria del Complejo Penitenciario Huachalalume de La Serena, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 120 días el plazo de investigación.
Al resolver la necesidad de cautela, la magistrada sostuvo que “nos encontramos frente a un delito que tiene aparejada pena de crimen, incluso esta pena puede llegar a la más alta peligrosidad que establece nuestro ordenamiento jurídico, que es el presidio calificado, precisamente porque aquí no solo hay un atentado contra el bien jurídico de mayor entidad, que es la vida, sino también una agresión a este bien jurídico por miembros que son parte de la familia, en este caso la madre del imputado”.
“Así también las especiales características de la víctima, como el hecho que era una persona adulta mayor, que se encontraba en absoluta situación de indefensión, atendido que estaba postrada, que no podía hablar, por tanto, pedir socorro, y que la forma de comisión da cuenta de una especial violencia empleada en contra de la víctima, argumentó la magistrada.
“La magistratura entiende que efectivamente aquí hay una peligrosidad para la seguridad de la sociedad toda, que no puede ser eficazmente salvaguardada a propósito de medidas cautelares de menor entidad como aquellas que propone la defensa”, concluyó.
(Imagen referencial)
PURANOTICIA