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Condenan a presidio perpetuo a autor de homicidio de peluquera trans en Cartagena el 2022

Condenan a presidio perpetuo a autor de homicidio de peluquera trans en Cartagena el 2022

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Primer juicio fue anulado a solicitud del Ministerio Público, quien buscaba condenar al acusado por el delito de femicidio.

Condenan a presidio perpetuo a autor de homicidio de peluquera trans en Cartagena el 2022
Miércoles 5 de junio de 2024 22:33
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De 20 años de cárcel efectiva a presidio perpetuo aumentó la pena para Julio Alexis Ramis Padilla, tras el segundo juicio en su contra por el homicidio de peluquera trans en Cartagena en el año 2022.

La sala del Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio integrado por los magistrados Constanza Encina, Patricio Acevedo y Sergio Ortiz en fallo unánime condenaron al acusado a presidio perpetuo por el homicidio, y a 61 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa de 5 UTM, por el delito de hurto simple.

“La víctima, conocida socialmente como Claudia, de identidad sexual transgénero, de 74 años, se encontraba en su domicilio de Cartagena, llegó al lugar el acusado de 39 años, quien producto del rechazo a la identidad de género de la víctima y con total desprecio a su condición de adulta mayor, con ánimo homicida, procede a golpear repetidamente a la víctima, además de estrangularla con sus manos hasta causarle la muerte por asfixia y traumatismo cráneo facial. Luego de ello procedió a sustraer del domicilio de la víctima un parlante tipo karaoke, un computador y un carro de feria”, expuso durante el juicio el Fiscal Osvaldo Ossandón, a cargo de la indagatoria.

Pese a que en octubre del año pasado se había logrado la condena del acusado, el Ministerio Público solicitó anular el juicio, por no haber sido considerada la identidad de género de la víctima, mujer trans, condenando al acusado por femicidio o crimen de odio. Si bien en esta segunda oportunidad el Tribunal tampoco estimó condenar por femicidio, si contempló la agravante del artículo 12, número 21, junto con la agravante de la edad de la víctima, quien tenía 74 años al momento de los hechos.

“(…) no cabe duda de que la agresión del encausado a la víctima estuvo motivada por circunstancias de género o incluso orientación sexual de la víctima (…) Dichos indicios son suficientes para sostener que el homicidio se produjo motivado por el sexo, identidad de género u orientación sexual de la víctima. Estimamos que, en la especie, dichos móviles determinantes son indistintamente relevantes, en base a la terminología que el mismo encausado usó y que, por cierto, se basa probablemente en el tosco conocimiento de las categorías que tiene sobre el sexo y el género.”, señala la sentencia.

“Valoramos la sentencia de condena a perpetua simple para quien fuera el autor del homicidio con características de odio a la condición sexual de la víctima, toda vez que eso es un avance respecto de la primera sentencia obtenida en el Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio”, recalcó el Fiscal Jefe de San Antonio, quien estuvo a cargo de la investigación y ambos juicio.

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