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Condenan a capitán del Ejército y a tres soldados por mortal represión en mall de La Serena durante el estallido social

Condenan a capitán del Ejército y a tres soldados por mortal represión en mall de La Serena durante el estallido social

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El capitán José Santiago Faúndez Sepúlveda fue condenado en calidad de autor de tres delitos de violencia innecesaria, causando muerte y lesiones graves.

Condenan a capitán del Ejército y a tres soldados por mortal represión en mall de La Serena durante el estallido social
Jueves 31 de agosto de 2023 08:15
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El Tribunal Oral Penal de La Serena dictó veredicto condenatorio en contra del capitán de Ejército, José Santiago Faúndez Sepúlveda, en calidad de autor de tres delitos de violencia innecesaria, causando muerte y lesiones graves, ilícitos cometidos en octubre de 2019, en las inmediaciones del mall Plaza de La Serena, en el marco del estallido social.

También fueron condenados el soldado conscripto C.J.R.O. por el delito de violencia innecesaria, causando muerte; y el cabo M.A.R.B. y el soldado conscripto J.A.A.M., por el delito de violencia innecesaria, causando lesiones graves, en los mismos hechos donde murió el joven ecuatoriano de 20 años, Romario Wladimir Veloz Cortés .

En resolución unánime, el tribunal tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos atribuidos como la participación culpable de los sentenciados en los hechos.

El tribunal arribó a la convicción, que encontrándose vigente el estado de excepción constitucional de emergencia en las comunas de La Serena y Coquimbo, atendido los múltiples atentados contra la propiedad pública y privada, el 20 de octubre de 2019, el capitán Faúndez asumió como comandante de la Unidad Fundamental de Emergencia (UFE N°1) a fin de materializar la presencia militar en el área con el objetivo de velar por el orden público y precaver daño o peligro para la seguridad.

En dicho contexto, a las 18:08 horas aproximadamente, desplegadas las secciones que componían la UFE 1, en los instantes en que se desarrollaba una manifestación que se desplazaba por la ruta 5 Norte hacia calle Amunátegui, algunas tiendas del mall Plaza La Serena comenzaron a ser saqueadas, razón por la cual el capitán Faúndez ordenó la conformación en cadena de tiradores de las diferentes escuadras militares, lo que disuadió a quienes se encontraban sustrayendo especies. Sin embargo, no obstante haber conseguido el objetivo del despliegue militar, el capitán ordenó sucesivamente el avance de las líneas en cadenas, incorporándose a dicha maniobra otras escuadras.

Fue así como a las 18:13 horas aproximadamente, Faúndez instruyó a los soldados a su mando abrir fuego con los fusiles que portaban: SIG calibre 7.62 y Galil calibre 5.56, los que se encontraban, principalmente, con munición de guerra y, en menor proporción, munición de fogueo, apuntando en dirección a los civiles que se mantenían en el lugar.

En la sucesión de disparos, aproximadamente a las 18.15 horas, el conscripto M.A.R.B., disparó una munición real con el fusil SIG que portaba, la que impactó a R.A.R.V., provocándole una lesiones de carácter grave y necesariamente mortales, sin socorro oportuno y eficaz, quedando con una deformidad física permanente y discapacidad funcional que lo incapacita para el trabajo.

Cuando la víctima era asistida por un grupo de civiles, el capitán Faúndez en conocimiento que se encontraba una persona herida, omitió brindarle primeros auxilios, ordenando el repliegue de las escuadras.

Luego, a eso de las 18:22 horas, en conocimiento de que sus subalternos habían efectuado disparos con munición real y que mantenían las armas apuntando en dirección a los civiles, dio una segunda orden de fuego. A consecuencia de lo cual el soldado conscripto C.J.R.O. disparó el fusil Galil que se encontraba cargado con munición de guerra, impactando a la víctima Veloz Cortés, que se encontraba de pie en las inmediaciones, provocándole la muerte.

En la última secuencia de disparos, el cabo J.A.A.M. disparó el fusil Galil cargado con munición de guerra, impactando en la pierna izquierda a C.A.V.C., originándole lesiones de carácter grave que, sin atención oportuna y eficaz, le habrían provocado la muerte.

La audiencia de comunicación de la sentencia quedó programada para las 15:00 horas del martes 12 de septiembre.

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