Un informe encargado por el 2° Juzgado Civil de Valparaíso concluyó que las anomalías detectadas corresponden al diseño y cálculo estructural del proyecto aprobado por Serviu, mientras que la firma habría ejecutado las obras conforme a los planos autorizados.
Demoledor ha sido para el ministro de Vivienda y Urbanismo, Iván Poduje, las conclusiones del peritaje encargado por el 2° Juzgado Civil de Valparaíso, en el marco de la disputa entre la constructora San Sebastián y el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de Valparaíso, informe que concluye que las principales anomalías detectadas en los proyectos de reconstrucción tras el megaincendio de 2024 en El Olivar, Viña del Mar, corresponden al diseño, cálculo estructural y formulación de las viviendas aprobadas por el propio Serviu, y no a la ejecución material de las obras.
El documento –al que pudo acceder Puranoticia.cl– resulta especialmente relevante para las decisiones adoptadas por el Minvu durante la administración de Iván Poduje, quien ordenó suspender de manera indefinida los trabajos de reconstrucción mediante el Ordinario N°245, de fecha 24 de marzo de 2026, fundamentando la medida en observaciones contenidas en informes técnicos elaborados por la Ditec.
Sin embargo, tras revisar los antecedentes de los 12 contratos, los proyectos aprobados, permisos de edificación, libros de obra, especificaciones técnicas, informes del Serviu y efectuar diversas visitas a terreno durante agosto y septiembre, el perito Jaime Berríos llega a una conclusión categórica respecto del origen de las anomalías.

"Con base en los antecedentes revisados y las obras observadas, es posible concluir que las anomalías detectadas provienen del diseño, cálculo estructural y formulación del Proyecto Habitacional aprobado por el Serviu, y, no se deben a la ejecución material de las obras", señala el informe de 22 páginas.
El documento agrega que "se verificó que lo efectivamente ejecutado por la constructora corresponde al proyecto aprobado", mientras que las modificaciones detectadas durante la ejecución se encontraban documentadas y respaldadas.
La conclusión adquiere mayor relevancia al considerar que, según los antecedentes examinados por el perito, los 12 proyectos contaban con permisos de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Viña del Mar y con sus respectivos Certificados de Calificación Definitiva otorgados por Serviu, además de haber sido entregados a la constructora con el código QR correspondiente para su ejecución.
El peritaje revisó las observaciones que el Serviu utilizó como fundamento para suspender las obras, entre ellas cuestionamientos al sistema sismorresistente, al uso de paneles tipo Fastwork, al sistema de entramado ligero Metalcon, a los cálculos estructurales, a la resistencia al fuego y al acondicionamiento acústico.
Sobre el informe R1 de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional (Ditec) del Minvu, elaborado tras una visita realizada el 20 de marzo de 2026, el perito establece que las principales observaciones relacionadas con el diseño "son atribuibles al diseño y a la aprobación del proyecto y no a la ejecución o construcción del mismo".

Pero el antecedente más contundente –y a la vez, lapidario para Poduje– aparece en el análisis del Informe Técnico A1 de Serviu, fechado el 21 de abril de 2026. Dicho documento sostenía la existencia de problemas estructurales y, de acuerdo con el peritaje, concluyó que el proyecto presentaba "fallas graves de diseño".
El perito Jaime Berríos precisa que esas deficiencias correspondían al proyecto aprobado por Serviu y que, por lo tanto, no eran atribuibles a la constructora. "El proyecto presenta fallas graves de diseño. Dicho diseño fue aprobado por el Serviu Región de Valparaíso mediante Certificado de Calificación Definitiva, de modo que las fallas detectadas en este Informe Técnico A1 son de diseño y no de ejecución o construcción", consigna el peritaje al que pudo acceder este medio.
El informe establece, además, que eventuales refuerzos estructurales podían ser incorporados al proyecto mediante modificaciones de contrato, por lo que las deficiencias eran subsanables dentro de los mecanismos contractuales existentes.
Otro elemento que queda establecido en el peritaje encargado por el 2° Juzgado Civil de Valparaíso es la secuencia temporal de los documentos utilizados en el conflicto.
Serviu ordenó la suspensión indefinida de las obras mediante el Ordinario N°245 del 24 de marzo de 2026, basándose principalmente en el Informe de Revisión del Proyecto de Ingeniería y Especialidades R2, fechado el 23 de marzo.
Sin embargo, el Informe Técnico A1 que posteriormente calificó las deficiencias estructurales como "fallas graves de diseño" fue emitido el 21 de abril de 2026, es decir, casi un mes después de la paralización.
El propio peritaje deja constancia de esta diferencia y señala que el A1 "es posterior a la instrucción dada mediante Ordinario N°245 de fecha 24 de marzo de 2026, el cual suspende de forma indefinida de los trabajos de reconstrucción en El Olivar".
Si bien, el análisis no desconoce que existieron observaciones relacionadas con la ejecución de las obras, sí establece que aquellas que efectivamente correspondían a procesos constructivos eran subsanables durante la ejecución.

Entre las materias revisadas aparecen modificaciones de perfiles de acero, cambios en placas colaborantes, fijaciones de tabiques Metalcon, modificaciones de vigas y otros elementos constructivos.
En varios de estos casos, el perito encontró antecedentes que respaldaban los cambios. Por ejemplo, la modificación de una viga contaba con aprobaciones registradas en los libros de obra, mientras que el cambio de placa colaborante estaba relacionado con la discontinuidad de fabricación del producto originalmente especificado y las especificaciones técnicas permitían utilizar un elemento similar.
Respecto del supuesto cambio del muro divisorio, el informe advierte que la observación podía responder a una confusión entre las distintas tipologías de vivienda, mientras que en materia de paneles Fastwork establece que su utilización estaba contemplada específicamente en 14 de los 75 cuatripareos.
De esta manera, el peritaje concluye que "no se observan defectos en la ejecución de las obras, al contrastarlas con el Proyecto aprobado".
El perito también constató el estado en que se encontraban las viviendas durante sus visitas realizadas durante agosto y septiembre pasado, vale decir después de varios meses desde el retiro de la constructora San Sebastián de las obras en marzo.
Algunas unidades presentaban un 100% de avance, contaban con conexiones de luz y agua y se encontraban en condiciones de ser habitadas. Otras, en tanto, habían sufrido robos y actos de vandalismo.
El informe registra vidrios quebrados, puertas y ventanas sustraídas, elementos de baños y cocinas vandalizados y peldaños de escaleras robados. También se observaron estructuras metálicas que habían sido completamente sustraídas en proyectos que tenían cerca de un 40% de avance.

Asimismo, el perito dejó constancia de que en sectores que presentaban obras con alrededor de un 60% de avance, de manera totalmente insólita se estaban levantando nuevas estructuras correspondientes a otros proyectos.
Tras realizar levantamientos los días 14, 21 y 28 de agosto y 4 de septiembre, el peritaje sostuvo que "es posible concluir que la Constructora ejecutó el Proyecto aprobado por Serviu y que consta de planos y especificaciones técnicas incorporados en el Certificado de Calificación Definitiva. No se aprecia que las obras se hayan apartado del proyecto aprobado".
La conclusión del peritaje instala un fuerte contraste con el fundamento utilizado para paralizar indefinidamente la reconstrucción de las viviendas del sector viñamarino de El Olivar y pone bajo cuestionamiento las decisiones adoptadas por el ministro Iván Poduje frente a un proyecto que, según el documento judicial, fue ejecutado conforme a los antecedentes que el propio organismo estatal había aprobado.
PURANOTICIA