El decreto, publicado en el Diario Oficial, permitirá activar un régimen administrativo especial para agilizar la respuesta del Estado y la recuperación de las zonas afectadas por las intensas precipitaciones, los fuertes vientos y las interrupciones de servicios básicos.
La región de Valparaíso fue declarada oficialmente como Zona Afectada por Catástrofe, luego que el Gobierno publicara este martes 21 de julio en el Diario Oficial el Decreto Supremo N°113 del Ministerio del Interior, medida que busca facilitar la respuesta del Estado y acelerar la recuperación de los territorios más golpeados por el sistema frontal que afecta al país desde la semana pasada.
La resolución también incorpora a las regiones de Atacama, Coquimbo, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía y Los Ríos, luego que las condiciones meteorológicas provocaran diversas emergencias derivadas de intensas precipitaciones, fuertes vientos, tormentas eléctricas y marejadas.
El decreto recuerda que, frente al pronóstico del evento meteorológico, el Ejecutivo ya había decretado el pasado 13 de julio una Emergencia Preventiva para 10 regiones del país, entre ellas Valparaíso, medida que se extendía hasta el 21 de julio. Sin embargo, la evolución del sistema frontal y los daños registrados hicieron necesario avanzar a la declaración de Zona Afectada por Catástrofe.
En el documento, el Ministerio del Interior detalla que el sistema frontal ha provocado aislamientos, crecidas de caudales y desbordes de canales, ríos y esteros; deslizamientos de material y terreno; anegamientos de calles; colapso de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias; caída de árboles; restricciones de tránsito; alteración y suspensión de servicios básicos; suspensión de clases; y problemas de conectividad vial, afectando a miles de personas y sus bienes.
La autoridad sostiene que, debido a la magnitud de los daños, es necesario activar el régimen administrativo especial contemplado en la Ley N°16.282, con el objetivo de facilitar la labor de los organismos públicos competentes y acelerar tanto la atención de la emergencia como la recuperación de las zonas afectadas.
En ese contexto, el decreto explica que, sin perjuicio de que continúen las acciones de respuesta y monitoreo frente a los riesgos que persisten, corresponde comenzar o reforzar progresivamente las acciones propias de la Fase de Recuperación, enfocadas en la rehabilitación de los servicios básicos y el inicio de la reparación de los daños físicos, sociales, ambientales y económicos ocasionados por el evento meteorológico. Asimismo, precisa que esta etapa no significa que la emergencia haya terminado, sino que busca adecuar la acción del Estado a la evolución de la situación, manteniendo las capacidades operativas mientras se avanza en la recuperación de infraestructura y condiciones de habitabilidad.
Junto con declarar las Zonas Afectadas por Catástrofe, el decreto ratifica todas las medidas excepcionales adoptadas durante la emergencia y designa a los delegados presidenciales regionales como responsables de coordinar y ejecutar los programas de recuperación que determine el Gobierno. Además, estas autoridades podrán adoptar las medidas administrativas necesarias y delegar funciones en otros organismos para atender de manera expedita las necesidades de las personas damnificadas.
Finalmente, el documento establece que la declaración de Zona Afectada por Catástrofe regirá por el plazo contemplado en la normativa vigente, sin perjuicio de que pueda ser prorrogada si las condiciones derivadas de la emergencia así lo hacen necesario.



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