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Contraloría no logra acreditar que ex subsecretario Araos haya realizado labores por las que lo contrató el Servicio de Salud de Viña

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Entidad fiscalizadora ordenó al SSVQ que arbitre las acciones que correspondan para evitar que situaciones como la del ex Subsecretario de Redes Asistenciales se repitan.

Contraloría no logra acreditar que ex subsecretario Araos haya realizado labores por las que lo contrató el Servicio de Salud de Viña
Miércoles 8 de enero de 2025 13:38
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Una investigación desarrollada por la Contraloría Regional de Valparaíso en el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota (SSVQ) estableció algunas observaciones relacionadas a la contratación a honorarios de tres trabajadores, siendo una de ellos el ex subsecretario de Redes Asistenciales del actual Gobierno, Fernando Araos Darroli.

El estudio se efectuó con la finalidad de atender dos presentaciones –una por parte de la Federación de Trabajadores de la Salud (Fenats) de la región de Valparaíso y otra por una persona bajo reserva de identidad– quienes solicitaron fiscalizar la legalidad, pertinencia y el correcto uso de los recursos públicos en las contrataciones a honorarios de Leticia Ramírez Arriagada, Sergio Teke Sandoval y Fernando Araos Dattoli.

Así es como se llevó a cabo una auditoría, con el objetivo de investigar las denuncias que apuntan a la ejecución efectiva de los servicios contratados, la posible superposición de funciones con las tareas propias de la Subdirección de Inversiones, la posible ilegalidad de realizar labores simultáneas en otro servicio de salud, el incumplimiento de jornada y lugar de trabajo, y la falta de transparencia y formalidad en los procesos de contratación.

En ese sentido, el «Informe Nº726, de 2024» –al cual accedió Puranoticia.cl– da respuesta a una serie de interrogantes planteadas, como la posible superposición entre las funciones encomendadas a dos denunciados y las que le corresponden a la Subdirección de Inversiones del SSVQ; si es legal que los aludidos profesionales desempeñen simultáneamente labores a honorarios en el SSVQ y en el Servicio de Salud Valdivia; si están obligados a asistir presencialmente a las dependencias de SSVQ; y si se encuentra debidamente acreditada la ejecución de las labores encomendadas.

CONTRATACIONES INFORMALES

Desde el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota informaron que durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2023 y el 31 de julio de 2024, la entidad pagó honorarios a Leticia Ramírez, Sergio Teke Sandoval y Fernando Araos Dattoli por un monto que bordea los 116 millones de pesos ($115.806.000).

En cuanto a las conclusiones del informe de Contraloría, éste da cuenta que las contrataciones de Leticia Ramírez y Sergio Teke "carecieron de una solicitud formal"; mientras que en el caso del ex subsecretario Fernando Araos (contratado en diciembre de 2023) sólo se adjuntó un correo electrónico que daba cuenta de una conversación entre el Subdepartamento de Gestión de las Personas y el Subdirector del Servicio de Salud, pero "sin contar con un requerimiento formal detallado".

Según indica la entidad que fiscaliza a los órganos del Estado, se incumple lo previsto en el Manual de Procedimiento para el Personal sobre la Base de Honorarios del SSVQ, que establece que los requerimientos o solicitudes de contratación de servidores bajo dicha modalidad deben realizarse vía comunicación formal. De esta manera, el Servicio de Salud tendrá que adoptar medidas para dar cumplimiento a dicha disposición, aun cuando la solicitud provenga de la máxima autoridad.

ANTECEDENTES INSUFICIENTES

Si bien, el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota presentó una serie de antecedentes respecto a las actividades que habría desarrollado el ex Subsecretario de Redes Asistenciales, se determinó que estos no fueron suficientes para acreditar, de manera fehaciente, que hayan sido efectivamente realizadas por Fernando Araos.

"No es posible demostrar, más allá de toda duda razonable, que la totalidad de las actividades y productos consignados en los informes que respaldaron los pagos efectuados al señor Araos Dattoli, hayan sido efectivamente realizados por ese profesional, por lo que tales desembolsos carecen de los atributos de acreditación de respaldo, infringiéndose lo dispuesto en el decreto ley N° 1.263, de 1975", agregan.

A saber, Araos fue contratado en diciembre de 2023 para llevar a cabo un plan integral para fortalecer y optimizar el Servicio de Salud, consistente en realizar un diagnóstico de las redes complejas del SSVQ; levantamiento de brechas para la implementación de muestras complejas; diagnostico de institucionalidad vigente asociada al área asistencial; apoyar y asistir técnicamente al equipo directivo en relación a la cartera de prestaciones de especialidad; elaborar una propuesta de plan de inversiones de corto, mediano y largo plazo para cubrir necesidades; y acompañar a los equipos técnicos y directivos en la ejecución y seguimiento de este plan de desarrollo.

Así, la Contraloría ordenó al SSVQ que "deberá, en lo sucesivo, arbitrar las acciones que correspondan para evitar que situaciones como la descrita se repitan".

De igual forma, se estableció que la entidad tendrá que iniciar un procedimiento disciplinario con el objeto de investigar las eventuales responsabilidades administrativas involucradas en estos hechos contenidos en el informe.

Vale hacer presente que Fernando Araos Dattoli fue contratado en diciembre de 2023, recibiendo un sueldo mensual de $2 millones, vínculo que fue renovado en enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de ese año, por $25 millones durante todo el periodo. No obstante, renunció a sus labores el 17 de mayo de 2024, haciéndose efectiva el 1 de junio, recibiendo pagos que sumaron  $12 millones por los servicios prestados.

CONTRATOS ELUDIERON NORMAS

La auditoría también verificó que el SSVQ contrató a Leticia Ramírez y Sergio Teke bajo la modalidad de honorarios, pese a que en la práctica ambos realizaron una consultoria conjunta, lo que permitió al Servicio de Salud financiar el gasto con cargo a la cuenta «Honorarios a Suma Alzada Personas Naturales», cuando en realidad, por tratarse de una consultoría profesional, debió ser financiado con cargo al subtítulo 22, ítem 11, conforme a lo establecido en el Decreto N° 854, del Ministerio de Hacienda.

Según indica el «Informe Nº726, de 2024», esta decisión eludió las normas de la ley N° 19.886 y su reglamento, por lo que se ordenó al SSVQ que deberá adoptar las medidas necesarias para que las contrataciones de asesorías o consultorías se efectúen mediante el procedimiento de contratación o compra que corresponda y con cargo a las cuentas presupuestarias de acuerdo con la naturaleza del gasto.

Además, se constató que las contrataciones a honorarios de Ramírez y Teke en el SSVQ para los años 2023 y 2024 incumplen la condición de cometidos específicos, pues se verificó que las funciones ejecutadas por ambos (levantar un plan de inversiones y formular los lineamientos para su ejecución y monitoreo) corresponden a labores permanentes propias de la Subdirección de Inversiones de dicha entidad.

Esto "incumple lo señalado al efecto en la reiterada jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, por lo el SSVQ deberá adoptar medidas para evitar que las labores encomendadas a asesores a honorarios se superpongan con alguna de las funciones que le correspondan ejecutar a las subdirecciones de ese servicio, y que estas se contraten de forma continua", reza el informe de la Contraloría Regional.

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