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Abogado penalista analiza crisis en Justicia por rebajas de condenas y eventuales responsabilidades políticas del ministro Rabat

Abogado penalista analiza crisis en Justicia por rebajas de condenas y eventuales responsabilidades políticas del ministro Rabat

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En diálogo con Puranoticia.cl, el experto abordó los vacíos técnicos e interpretativos de la normativa de 2022, la disparidad de criterios en la Corte Suprema, la absoluta indefensión de las víctimas y el rol de los parlamentarios —incluyendo al entonces diputado Gabriel Boric— en su tramitación.

Abogado penalista analiza crisis en Justicia por rebajas de condenas y eventuales responsabilidades políticas del ministro Rabat
Lunes 26 de octubre de 2026 16:11
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La profunda crisis que enfrenta el Ministerio de Justicia a raíz de las rebajas de condenas concedidas a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores, además de casos emblemáticos como el de internos de Punta Peuco, abrió un complejo debate sobre la seguridad y el funcionamiento del sistema penal. Para analizar el escenario jurídico que enfrenta la cartera y la viabilidad de estos beneficios, el abogado penalista Paulo Pérez abordó en Puranoticia.cl los aspectos técnicos de la normativa, la jurisprudencia de los tribunales y la indefensión que enfrentan las víctimas.

CONFLICTO LEGAL

Consultado sobre el origen de esta problemática, el especialista explicó que la Ley 19.856 permitía otorgar rebajas de condena por conducta sobresaliente, mientras que una reforma aprobada 20 años después, mediante la Ley 21.421, excluyó a los responsables de delitos sexuales contra menores, sin prever adecuadamente los efectos de su aplicación retroactiva.

En este contexto, el abogado precisó el conflicto de principios que surgió en los tribunales: "La Constitución Política establece (...) un principio constitucional, que es la irretroactividad de la ley penal desfavorable (...) Cuando se establece una normativa penal, esta entra a regir desde el día en que se publica en adelante. Pero no puede ser aplicada de manera, cuando es desfavorable, hacia atrás".

FALTA DE UNIFORMIDAD

Respecto de la forma en que la Corte Suprema ha resuelto las solicitudes de los internos tras los rechazos iniciales del Ministerio de Justicia, Pérez advirtió sobre la falta de un criterio uniforme en la máxima instancia judicial. "En primer lugar, cabe señalar que la jurisprudencia de la Corte Suprema no ha sido uniforme. Hay fallos en uno y otro sentido, aunque sí hay más fallos que reconocen el beneficio, los que lo rechazan son los menos, (…) no hay uniformidad. Ahora, el criterio mayoritario es justamente el de conceder permiso", sostuvo el penalista.

Asimismo, recordó que las sentencias no establecen jurisprudencia obligatoria en el sistema nacional: "Rige un principio que se llama del efecto relativo de la sentencia. Cuando se dicta una sentencia, esta solamente rige para el caso concreto, no genera un precedente (...) aquí perfectamente puede ocurrir que la Corte Suprema, una sala compuesta por X ministros, diga que sí, y al día siguiente otra diga que no".

Uno de los aspectos más sensibles abordados por el profesional fue la falta de mecanismos para que las víctimas puedan intervenir en este tipo de decisiones. Consultado sobre las alternativas judiciales de los afectados o sus familias frente a una rebaja de condena, el abogado aclaró: "En este caso es el condenado (...) en esta instancia no hay una instancia donde la víctima pueda ejercer algún derecho en este caso".

Frente a esta asimetría, Pérez planteó la necesidad de avanzar en modificaciones legales que permitan una mayor participación de quienes han sufrido estos delitos: "Me parece que es razonable que las personas afectadas puedan también tener cierta participación en esta toma de decisiones".

RESPONSABILIDADES POLÍTICAS

En el ámbito de las responsabilidades políticas e institucionales, la entrevista puso el foco en la tramitación parlamentaria de la reforma, en la que participaron legisladores de la época como Pamela Jiles, Marcos Ilabaca, René Saffirio, Matías Walker y al entonces diputado Gabriel Boric.

Al abordar las razones por las que se produjo esta indefinición en los artículos transitorios, Pérez señaló que "quizás habría sido conveniente buscar un criterio uniforme, quizás incluso a nivel del Tribunal Constitucional, haber buscado un criterio uniforme para evitar estas controversias que en definitiva afectan a la fe pública, a la justicia".

Finalmente, al referirse a la viabilidad de una acusación constitucional contra el ministro de Justicia, el abogado explicó que su fundamento jurídico dependerá de la interpretación que prevalezca en el debate parlamentario. "Va a depender de la interpretación que prime más. Si consideramos que esta negativa de beneficio es un asunto de carácter penal o es un asunto de carácter administrativo. Si se considera que es un asunto de carácter penal, no habría acusación constitucional porque el ministro podría decir: ‘’mire, yo estoy haciendo valer un derecho constitucional que es la irretroactividad a la ley penal’’. Pero si prima la tesis de que se trata de un asunto administrativo, ahí se podría acusar al ministro y decirle, oiga, usted dejó de cumplir una ley", concluyó.

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