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Presentan proyecto que reduce el plazo del Presidente para vetar proyectos

Presentan proyecto que reduce el plazo del Presidente para vetar proyectos

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"En la Constitución, entre el tiempo que se entrega para vetar una ley, más el de su promulgación y publicación, se suman 45 días, constituyendo un plazo que consideramos excesivo".

Presentan proyecto que reduce el plazo del Presidente para vetar proyectos
Domingo 28 de junio de 2020 10:38
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Los senadores Yasna Provoste (DC), Francisco Huenchumilla (DC), Ximena Órdenes (PPD), Carlos Montes (PS) y Carlos Bianchi (Independiente) presentaron un proyecto de reforma constitucional para acortar de 30 a 10 días el plazo que tiene un Presidente de la Republica para vetar los proyectos de ley aprobados por el Congreso Nacional.

"En la Constitución, entre el tiempo que se entrega para vetar una ley, más el de su promulgación y publicación, se suman 45 días, constituyendo un plazo que consideramos excesivo, ya que el Ejecutivo en el Congreso es colegislador, sigue y conoce del trámite de todas las iniciativas legales", señalan los legisladores en el texto del proyecto.

Agregan que no se justifica un plazo de 30 días para analizar la normativa a fin de si se veta o no, además de los 10 días de promulgación y cinco de publicación. "Es más, hoy en día una ley puede estar publicada en el Diario Oficial al día siguiente o al subsiguiente de su despacho por parte del Congreso".

Provoste sostuvo que "el plazo de 30 días se ha desvirtuado de su sentido original, siendo utilizado por el Ejecutivo como una manera de dilación a la puesta en marcha e implementación de las leyes, lo que constituye una manera encubierta de incumplimiento transitorio de las mismas".

Los legisladores mencionaron como ejemplo de proyectos de ley despachados por el Congreso, cuya promulgación y publicación han sido dilatadas por el Ejecutivo, la segunda ley de Protección al Empleo, que fue despachada el 7 de mayo del 2020 y fue publicada el 1 de junio, 25 días después.

Esta ley establecía -entre otras disposiciones- la imposibilidad de repartir utilidades por el ejercicio 2020 para las empresas que se acogían a la ley de "protección del empleo", y la continuidad del pago de pensiones alimenticias de aquellos que hicieran uso del seguro de cesantía y estuvieran realizando dichos pagos a través de sus empleadores.

"La dilación de la promulgación de esta ley permitió que un número aún indeterminado de empresas continuaran realizando retiros de utilidades y al mismo tiempo haciendo uso del beneficio de la ley, y miles de niños no recibir el pago oportuno de sus pensiones", señala el proyecto.

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