El juez de Ovalle consideró como atenuante que el imputado haya actuado motivado por una infidelidad de la víctima
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a Marco Antonio Olmos Barraza a la pena de 5 años de presidio, como autor del delito frustrado de femicidio de su cónyuge Patricia Estela Balcazar Rojas, ilícito perpetrados en población Nueva Bellavista de la comuna de Ovalle, en julio de 2015.
En fallo unánime , el tribunal –integrado por los magistrados Cristian Alfonso (presidente), Claudio Weishaupt y Victoria Gallardo (redactora)– aplicó a Olmos Barraza, las penas accesorias legales de prohibición de acercarse a la víctima, el porte y tenencia de armas de fuego.
La medida ha causado polémica en algunos sectores ya que el tribunal consideró como atenuante, el hecho de que el imputado haya agredido a la mujer después de que esta le fuera infiel.
Según se acreditó por el tribunal, el hombre goleó a su entonces pareja, para después propinarle distintas heridas con una tijera, dejándola con graves heridas
"El tribunal consideró en favor del sentenciado la atenuante de responsabilidad penal establecida en el artículo 11 N° 5 del Código Penal, esto es, la de haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente le hayan causado arrebato u obcecación, toda vez que (...) en el momento previo a la agresión se había develado la infidelidad de su cónyuge" ,señala en un comunicado el Poder Judicial.
Por reunirse los requisitos legales en la especie, el tribunal conmutó el cumplimento efectivo de las penas por la libertad vigilada intensiva.
La sentencia fue acordada con el voto de prevención de la magistrada Victoria Gallardo en cuanto a la pena.
PURANOTICIA