Ayer miércoles, se realizó la segunda y última jornada de alegatos de las partes que impugnaban o sustentaban el requerimiento contra las glosas de gratuidad de la partida de educación del presupuesto 2016, libelo presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) por 31 parlamentarios de Chile Vamos.
Ayer miércoles, se realizó la segunda y última jornada de alegatos de las partes que impugnaban o sustentaban el requerimiento contra las glosas de gratuidad de la partida de educación del presupuesto 2016, libelo presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) por 31 parlamentarios de Chile Vamos.
Finalizado estas presentaciones el TC emitió un comunicado en que rechazó la inconstitucionalidad de la glosa afirmando que "en cuanto a la solicitud de inconstitucionalidad fundada en que este asunto no podría ser abordado en la ley de presupuestos, el tribunal rechazó la pretensión de inconstitucionalidad en empate de votos, con el voto dirimente del Presidente del Tribunal".
En relación a esta arista de la decisión del TC, Paulina Veloso, representante de la administración Bachelet en los alegatos ante el TC señaló que esta entidad "no puede fijar las políticas públicas del Gobierno" y que "no puede referirse a que no es constitucional la gratuidad".
Luego, respecto del hecho de que el supuesto de inconstitucionalidad de la gratuidad haya sido rechazado sólo con el voto dirimente del presidente del TC, la abogado sostuvo que "esta política (la gratuidad) que fue planteada durante la campaña de Michelle Bachelet, que fue aprobada por una amplia mayoría, no puede pensar el colega (Arturo Fermandois, abogado constitucionalista UDI que defendió el requerimiento de Chile Vamos) que por un voto de un ministro del TC que hace la diferencia, pensemos que se haga un cambio radical".
Luego, el TC estimó inconstitucionales los requisitos exigidos por el Gobierno a las instituciones de educación superior universitaria y técnica para poder acceder al beneficio de gratuidad.
En este sentido el comunicado informó que "en cuanto a los denominados "requisitos de eligibilidad" para que accedan a la gratuidad los estudiantes matriculados en las universidades privadas que no pertenecen al Consejo de Rectores, institutos profesionales y centros de formación técnica, el Tribunal acordó acoger la pretensión de inconstitucionalidad por 6 votos a 4 y por 7 votos a 3 en uno de ellos (triestamentalidad), en función de la alegación de discriminación arbitraria formulada por los requirentes".
Respecto de este ámbito del veredicto del TC, Paulina Veloso estimó que la entidad no "puede decir que no es lícito definir requisitos. Se podría decir que esos requisitos sean aplicados a todas las instituciones".
En la misma línea, en relación a la pertinencia de las limitaciones a la gratuidad establecidas por el Gobierno, Veloso declaró que "aumentar indiscriminadamente el número de estudiantes y que ellos puedan ser financiado por instituciones que no son de calidad, no me parece que pueda ser factible a partir de un fallo, pero hay que mirarlo".
ATON CHILE