La Cámara de Diputados definió mediante sorteo a la comisión revisora de la acusación constitucional contra Marco Antonio Ávila.
En la Cámara de Diputados se sorteó la comisión revisora de la acusación constitucional contra el ministro de Educación, Marco Antonio Ávila.
Son tres diputados pro oficialismo los elegidos, estos son: Tomás Hirsh (Acción Humanista); Héctor Ulloa (IND-PPD) y Juan Santana (Partido Socialista).
Y dos parlamentarios de oposición: Miguel Ángel Becker (Renovación Nacional) y Gloria Naveillán (IND).
Cabe recordar que este lunes se materializó la acusación constitucional, luego de que la acción fuera presentada por las diputadas Sara Concha y Francesca Muñoz del Partido Social Cristiano.
Tras ingresar el texto en la secretaría de la Cámara, Muñoz aseguró que "nosotros confiamos en que esta acusación es contundente y sólida, y esperamos seguir aumentando las fuerzas políticas que se sumen a ella por los antecedentes que hemos dicho".
Explicó que algunos de los siete capítulos de la acusación "están relacionados con el derecho preferente de los padres de educar a sus hijos y su vulneración", mientras que otros "están relacionados con no usar la ley de educación pública, y otro capítulo relacionado con que el ministro no ha cumplido con su rol de supervigilancia en el ámbito de la administración del Estado".
Muñoz también valoró el apoyo entregado por los partidos de Chile Vamos; el de la diputada del Partido de la Gente, Karen Medina; y del Partido Republicano. "Esperamos seguir sumando fuerzas de aquí en adelante al centro, centro-izquierda, porque los antecedentes que tenemos y que acá se describen son graves", indicó.
Los capítulos de la acusación son:
CAPÍTULO I: Infracción del derecho preferente de los padres a educar a sus hijos con ocasión de la implementación de las "Jornadas de Educación No Sexista".
CAPÍTULO II: Infracción del derecho preferente de los padres a educar a sus hijos con ocasión de la implementación de las "Orientaciones para el resguardo del bienestar de estudiantes con identidades de género y orientaciones sexoafectivas diversas en el sistema educativo de Chile".
CAPÍTULO III: Infracción de la Ley General de Educación al excluir a los estudiantes con discapacidad de la “Política de Educación Inclusiva” del Ministerio de Educación.
CAPÍTULO IV: Infracción al rol de autoridad y conducción del sector educativo.
CAPÍTULO V: Incumplimiento del rol de supervigilancia de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas con ocasión del inserto de información sobre "educación no sexista" en los cuadernos entregados a los estudiantes del sistema público.
CAPÍTULO VI: Incumplimiento del rol de supervigilancia de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas con ocasión de los programas "de Alimentación Escolar" y "de Alimentación Parvularia".
CAPÍTULO VII: Incumplimiento de la ley en lo referente al Sistema de Educación Pública, con ocasión de graves negligencias e inejecuciones en implementación de los Servicios Locales de Educación.
PURANOTICIA