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Multan a 'Agrícola Don Pollo' en La Pintana con $259 millones tras incumplimientos ambientales

Multan a 'Agrícola Don Pollo' en La Pintana con $259 millones tras incumplimientos ambientales

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Este caso cuenta con denuncias ingresadas a la SMA por malos olores provenientes de la planta.

Multan a 'Agrícola Don Pollo' en La Pintana con $259 millones tras incumplimientos ambientales
Viernes 27 de diciembre de 2024 11:51
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a la empresa Agrícola Don Pollo Ltda., ubicada en la comuna de La Pintana, Región Metropolitana, con una multa de 321 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $259 millones, tras constatar una serie de incumplimientos ambientales.

El proyecto cuenta con distintas instalaciones como una planta de aves -donde se efectúan procesos de faena y elaboración de productos crudos-, una planta de cecinas cocidas envasadas, una planta de cerdos -donde se elaboran productos crudos- y una planta de tratamiento de residuos industriales líquidos (RILes), cuyo efluente se descarga mediante drenes de infiltración.

Este caso cuenta con denuncias ingresadas a la SMA por malos olores provenientes de la planta. Por esta razón, se llevaron a cabo más de 15 actividades de fiscalización (inspecciones ambientales en terreno y análisis de información), que dieron origen a la dictación de medidas provisionales y al inicio de un procedimiento sancionatorio, con la formulación de siete cargos contra el titular del proyecto.

Entre las infracciones configuradas, la SMA constató una operación deficiente del sistema de tratamiento de RILes, debido a que el titular no utilizó celdas de flotación ni prefiltros como parte del tratamiento y se llevó a cabo un funcionamiento incompleto de los módulos de biofiltro, lo cual generó malos olores, rebalses de sólidos y escurrimientos de residuos líquidos hacia canal de riego agrícola.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el pago de la multa deberá realizarse en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.

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