Jaime Gajardo aseguró que el sistema penitenciario en Chile “es altamente seguro”.
El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, confirmó que seis reos han vulnerado las medidas de vigilancia y seguridad del sistema carcelario chileno y han logrado salir, pese a que no han terminado de cumplir sus condenas.
También se refirió al intento de fuga que protagonizó un reo en la ex Penitenciaria en Santiago, quien fue detectado por personal de Gendarmería que evitó que se transformara en el séptimo evadido desde prisión.
Pese a lo anterior, el secretario de Estado aseguró que el sistema penitenciario en Chile “es altamente seguro”.
Gajardo dijo que “en un sistema penitenciario con más de 80 establecimientos penales a lo largo del país, con prácticamente 60 mil personas privadas de libertad, nuestro sistema tiene en promedio el 0,6-0,5% de personas que se fugan en un año”.
En ese sentido, comentó que “el año pasado fueron, si no me equivoco, más de una decena” de reos fugados. Mientras que “a la fecha llevamos seis personas que se fugaron, lo que implica, si uno lo lleva al flujo de personas privadas de libertad, el 0,0006% de personas que se fugan de nuestros establecimientos penitenciarios”.
En términos comparados, según el ministro, “tenemos que nuestro sistema penitenciario es altamente seguro”.
“A nosotros no se nos fugan personas, por ejemplo, de una cárcel de máxima seguridad, como ha ocurrido en otros establecimientos penitenciarios de otros países durante el último tiempo”, afirmó.
En cuanto al intento de figa en la ex Penitenciaria, Gajardo señaló que “las personas que se encuentran en la cárcel lamentablemente no solo cometieron un delito, sino que muchos de ellos buscan cualquier falla, cualquier incidencia para tratar de salir de la cárcel y, por lo mismo, el sistema tiene que estar permanentemente preparado”.
Además, confirmó que “cada vez que ocurren estos hechos se instruye un sumario administrativo para saber si falló algo y si falló algo que corresponde a algún funcionario de Gendarmería, se determina la responsabilidad respectiva”.
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