En rigor, la norma debería regir a contar de este lunes, pero las autoridades han señalado que podría aplicarse en el caso de Llolleo, en San Antonio.
En el Diario Oficial fue publicada este lunes la ley N° 21.560, más conocida como ley Nain-Retamal, que modifica textos legales para fortalecer y proteger el ejercicio de la función policial y de Gendarmería de Chile, y que establece la legítima defensa privilegiada.
En rigor, la norma debería regir a contar de este lunes, pero las autoridades han señalado que podría aplicarse en el caso de Llolleo, en San Antonio, donde un carabinero abatió a tiros con una UZI a un joven que no se detuvo en un control policial y que atropelló a un efectivo, como también en un hecho similar en Coronel, donde un efectivo hirió de bala a un sujeto que lo atacó con un cuchillo.
En Chile, salvo que indiquen expresamente otra fecha, las leyes rigen desde en que son publicadas en el Diario Oficial y a contar de ese momento se dan por conocidas por la ciudadanía. Sin embargo, según el ministro de Justicia, Luis Cordero, y el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, se aplicaría en el caso de Llolleo.
En el caso de la ley Nain-Retamal, la iniciativa refuerza y protege la función de Carabineros, Policía de Investigaciones y Gendarmería, así como de la policía marítima y de aeronáutica civil.
La normativa endurece las sanciones penales para quienes agredan y, especialmente, maten a un carabinero, detective o gendarme. De igual modo, restringe los beneficios carcelarios para los inculpados.
También contempla la presunción de la legítima defensa, manteniendo dicha regulación en el Código Penal y no en el Código de Justicia Militar. El texto definitivo acota esta presunción, en casos en que esté en juego la vida o la integridad de los funcionarios policiales o de terceros.
La norma precisa que se presumirá legalmente que concurren las circunstancias previstas respecto de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Gendarmería, las Fuerzas Armadas y los servicios bajo su dependencia, cuando estas realizaren funciones de orden público y seguridad pública interior.
En dichos casos se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado. Esto si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, se repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física, su vida o la de un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa.
Junto a Nain Retamal, también fueron publicadas las siguientes leyes de la agenda de seguridad:
La ley N° 21.555, que refuerza las competencias de Gendarmería de Chile y crea un delito general de extorsión.
La ley N° 21.556, que modifica la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos
Y la ley N° 21.557, que modifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro.
PURANOTICIA