Los senadores Pedro Araya (PPD), Andrés Longton (RN) y Arturo Squella (Republicanos) ingresaron este miércoles 7 de octubre la propuesta, que también cuenta con el respaldo de Karim Bianchi (independiente) e Iván Flores (DC)
Los senadores de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta ingresaron su propuesta de reforma constitucional de seguridad, que reemplaza a la presentada por el Gobierno en el Congreso, la cual con esta iniciativa se da por descartada.
El senador Andrés Longton (RN) explicó los principales ejes de la moción parlamentaria presentada este miércoles junto a sus pares Karim Bianchi (Ind.), Arturo Squella (Rep.), Pedro Araya (PPD) e Iván Flores (DC).
“El eje del proyecto se concentra, básicamente, en tres aspectos: Primero, asimilar el terrorismo al crimen organizado en el artículo 9 de la Constitución, que establece que el terrorismo es, por esencia, contrario a los derechos humanos”, comenzó explicando.
Añadió que “en su inciso segundo, se busca establecer para el crimen organizado las mismas inhabilidades que para el terrorismo, de acuerdo con una ley que determinará precisamente cuáles son los delitos que serán considerados como tales”.
“En el inciso final del mismo artículo se establece, además, la posibilidad de segregar o segmentar a los delincuentes de alta peligrosidad condenados por delitos de crimen organizado, terrorismo u otros que determine la ley”, añadió.
También dijo que “esto permitirá establecer medidas como la incomunicación o el aislamiento. Posteriormente habrá una bajada legal de estas disposiciones, pero consideramos necesario que exista previamente un resguardo constitucional”.
“En segundo lugar, respecto del estado de emergencia, no estamos creando un nuevo estado de excepción. Lo que hacemos es reforzar y potenciar el Estado de Emergencia vigente, que ha demostrado ser una herramienta eficaz, particularmente en la Macrozona Sur”, enfatizó el senador RN.
Además, detalló que “la propuesta establece que cualquier amenaza actual o inminente que pueda afectar la seguridad o el orden público, especialmente aquella vinculada al crimen organizado o al narcotráfico, habilitará al Presidente de la República para decretar un estado de emergencia”.
“Esto incorpora un elemento adicional: no será necesario que el problema ya se esté produciendo, sino que bastará con que exista un riesgo cierto de que ocurra, particularmente sobre la base de antecedentes provenientes de informes de inteligencia, investigaciones del Ministerio Público u otras fuentes relevantes”, aseguró.
La nueva reforma propone que "el Presidente pueda decretar este estado de emergencia por un período de 30 días, transcurrido el cual deberá contar con la aprobación del Congreso para su eventual extensión. Durante esos 30 días, el Congreso también tendrá la atribución de dejarlo sin efecto en cualquier momento".
“Se mantiene, sin modificaciones, la causal actualmente contemplada de grave alteración del orden público o de la seguridad de la Nación. Eso no lo estamos tocando”, aseguró Longton.
Finalmente, concluyó señalando que “esos son, en definitiva, los principales ejes del proyecto. A partir de esta reforma constitucional se deberá desarrollar una serie de proyectos de ley que permitan concretar estas disposiciones. Entre ellos, uno referido específicamente a la existencia y regulación de las organizaciones criminales, que deberá tener un desarrollo legal en el Código Penal, recogiendo también lo que en su momento planteó el Gobierno”.
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