En caso de no cumplir, las infracciones tienen multas asociadas que van desde las 5 UTM ($321.080) hasta 20 UTM ($1.284.320) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número total de trabajadores de la empresa. Los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relación laboral.
Este 1 de enero de 2024 es feriado irrenunciable por lo cual el comercio deberá permanecer cerrado entre las 20:00 horas de este domingo y hasta las 06:00 horas del martes 2.
Se exceptúan de este feriado obligatorios e irrenunciable los restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret y clubes.
También locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Además, pueden abrir las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.
El Departamento de Inspección de la Dirección del Trabajo tendrá turnos especiales para realizar un programa de fiscalización que garantice el cumplimiento de la normativa.
En caso de no cumplir, las infracciones tienen multas asociadas que van desde las 5 UTM ($321.080) hasta 20 UTM ($1.284.320) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número total de trabajadores de la empresa.
Los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relación laboral.
El Centro de Atención Telefónica de la Dirección del Trabajo (600 450 4000) estará habilitado entre las 09:00 y las 15:00 horas del lunes para recibir denuncias.
PURANOTICIA