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Esval y la Superintendencia de Servicios Sanitarios se enfrentan por fijación de precios y van a comité de expertos

Esval y la Superintendencia de Servicios Sanitarios se enfrentan por fijación de precios y van a comité de expertos

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La autoridad regulatoria agregó que esta comisión “deberá pronunciarse sobre cada una de las discrepancias que deba conocer, optando por el valor contenido en el estudio de la SISS o el de la empresa, no pudiendo adoptar valores intermedios”.

Esval y la Superintendencia de Servicios Sanitarios se enfrentan por fijación de precios y van a comité de expertos
Miércoles 20 de noviembre de 2024 12:20
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Un fuerte desacuerdo manifestaron la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) y la Empresa Sanitaria de Valparaíso (Esval) por la fijación de los precios del servicio de agua potable a los clientes.

De acuerdo con lo que señala el marco regulatorio, la superintendencia debe proponer al Ministerio de Economía las tarifas máximas que cada empresa sanitaria puede cobrar a sus clientes, las cuales se fijan mediante decreto de dicho Ministerio, considerando un periodo de vigencia de cinco años.

Según consigna la Radio Universidad de Valparaíso, la prestadora puede presentar discrepancias al estudio de la superintendencia, y si no hay acuerdo, la autoridad convoca a una comisión de expertos encargada de dirimir las diferencias de forma vinculante.

En el caso de ESVAL, en la Región de Valparaíso, la SISS informó que, en el proceso, “no se logró llegar a un acuerdo, por lo que corresponde iniciar la etapa de la comisión de expertos. La legislación sanitaria contempla que, de no haber acuerdo entre la autoridad y la compañía, las discrepancias admisibles que la empresa haya formulado al estudio de la Superintendencia serán resueltas por una comisión formada por tres expertos nominados uno por el prestador, otro por el Superintendente y, el tercero, elegido por éste de la lista de expertos acordada entre la Superintendencia y el prestador”, señalaron.

La autoridad regulatoria agregó que la comisión de expertos “deberá pronunciarse sobre cada una de las discrepancias que deba conocer, optando por el valor contenido en el estudio de la SISS o el de la empresa, no pudiendo adoptar valores intermedios”.

El plazo para emitir su dictamen es de 30 días, pudiendo prorrogarse hasta por 15 días adicionales. “De acuerdo con la ley, este dictamen tiene carácter definitivo, es obligatorio para las partes y, por ello, el respectivo decreto tarifario deberá enmarcarse en lo dictaminado por los expertos”, agregaron.

La normativa señala que, finalizadas las etapas descritas, se propone el respectivo decreto al Ministerio de Economía, ya sea con base en el acuerdo o bien según el fallo de la comisión de expertos. Dicho decreto finalmente se publica en el Diario Oficial.

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