Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Corte de Apelaciones y prisión preventiva de Daniel Jadue: su conducta "reviste mayor reproche" por su condición de Alcalde

Corte de Apelaciones y prisión preventiva de Daniel Jadue: su conducta "reviste mayor reproche" por su condición de Alcalde

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

La Cuarta Sala compartió los argumentos del Tercer Juzgado de Garantía respecto de necesidad de cautela y confirmó la decisión de prisión preventiva de los imputados.

Corte de Apelaciones y prisión preventiva de Daniel Jadue: su conducta "reviste mayor reproche" por su condición de Alcalde
Jueves 13 de junio de 2024 08:21
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

La conducta de Daniel Jadue “reviste un mayor reproche” en su condición de jefe comunal, argumentó la Corte de Apelaciones de Santiago al mantener la prisión preventiva del alcalde de Recoleta, imputado como autor de los delitos consumados de administración desleal, estafa, fraude al fisco reiterado y un delito concursal.

Además, el tribunal de alzada ratificó la decisión que decretó la prisión preventiva de José Muñoz, ex secretario ejecutivo de la Asociación Chilena de Farmacias (Achifarp), imputado como autor de los delitos de cohecho cometido por empleado público, administración desleal, fraude al fisco reiterado y malversación de caudales públicos.

En la resolución, la Cuarta Sala del tribunal de alzada compartió los argumentos del Tercer Juzgado de Garantía respecto de necesidad de cautela y confirmó la decisión que el 3 de junio pasado decretó la prisión preventiva de los imputados.

“Este tribunal comparte los fundamentos contenidos en la resolución que se revisa, por cuanto la jueza de primer grado analiza los criterios de peligrosidad social que el legislador consagra en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, el número de delitos imputados, los bienes jurídicos protegidos, la sanción legal probable Y la calidad funcionaria de los imputados”, señala el fallo.

La resolución agrega que lo anterior “permite concluir que estos antecedentes calificados determinan que la única medida que resulta proporcional a los fines del procedimiento es la prisión preventiva, como acertadamente se razona en la resolución en alzada, sin que sea esta la instancia para analizar la concurrencia de circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que pudieran concurrir en la especie”.

“Además, este tribunal no puede dejar de advertir, que la conducta del imputado Jadue Jadue reviste aun un mayor reproche si se considera su función actual de autoridad máxima en la Municipalidad de Recoleta y en cuya virtud ejecutó los hechos punibles que ahora son objeto de persecución penal, especialmente si siempre tuvo poder de decisión y dirección tanto en Achifarp, como en la entidad edilicia, máxime si éste fue el creador y principal dirigente de aquella asociación”, concluye la decisión.

PURANOTICIA

Cargar comentarios