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Condenan a presidio perpetuo calificado a secuestrador y violador de skaters en Maipú

Condenan a presidio perpetuo calificado a secuestrador y violador de skaters en Maipú

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Tribunal también aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, y derechos políticos, por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximum que establece el Código Penal.

Condenan a presidio perpetuo calificado a secuestrador y violador de skaters en Maipú
Miércoles 12 de abril de 2023 11:01
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El 5º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Eduardo Rodríguez Romero a la pena de presidio perpetuo calificado (mínimo de 40 años de cárcel antes de recibir cualquier beneficio), en calidad de autor del delito consumado de sustracción de menores con violación, ilícito perpetrado en noviembre de 2019 en Maipú.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, y derechos políticos, por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximum que establece el Código Penal.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 30 de noviembre de 2019, mientras las víctimas menores de edad se encontraban en un skatepark de la comuna de Maipú, Rodríguez Romero las intimidó con un arma aparentemente de fuego. Luego procedió a sustraerles diversas especies, entre ellas celulares, mochilas, audífonos, pases escolares y un parlante.

Posteriormente, el sentenciado trasladó a las víctimas bajo amenazas y en contra de sus voluntades hasta una construcción contigua, donde realizó los ataques sexuales.

Además, el tribunal impuso al sentenciado la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y la inhabilitación absoluta temporal por diez años, para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, medidas contempladas en el artículo 372, inciso tercero del Código Penal.

Asimismo, el condenado deberá purgar la pena de ocho años de presidio y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares, mientras dure la condena, en tanto autor del delito de robo con intimidación, cometido en contra de las dos víctimas menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

PURANOTICIA

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