La Tesorería General de la República abonará el beneficio hasta el 23 de octubre, como parte del segundo año de implementación de la Ley N° 21.728. En total, cada docente recibirá $4.500.000 divididos en dos cuotas, mientras que las postulaciones seguirán abiertas hasta el 31 de diciembre de 2026.
El Ministerio de Educación informó que la Tesorería General de la República comenzó el pago de la primera cuota correspondiente al grupo 2 de la ley de reparación de la deuda histórica docente. En esta etapa, 6.300 profesores recibirán el beneficio, en el marco del segundo año de implementación de esta medida.
El pago se enmarca en la Ley N° 21.728, promulgada en 2025, que establece un aporte económico para los docentes afectados por el traspaso de la educación pública a los municipios durante la década de 1980.
La primera cuota se pagará hasta el 23 de octubre a través de la Tesorería General de la República. En tanto, los beneficiarios de este año recibirán la segunda cuota en enero de 2027, de acuerdo con lo establecido en la ley. Al sumar ambos pagos, cada docente recibirá un total de $4.500.000, monto que será reajustado según la variación del IPC en cada oportunidad.
Para recibir el dinero, los beneficiarios debieron informar una cuenta bancaria válida al momento de inscribirse en el sitio web soluciondeudahistorica.mineduc.cl. Quienes no dispongan de una cuenta bancaria o no hayan registrado sus datos podrán cobrar el aporte en cualquier caja de una sucursal de BancoEstado.
Las regiones que concentran la mayor cantidad de docentes beneficiados son la Metropolitana, Valparaíso, Biobío, Los Lagos y La Araucanía, de acuerdo con la información entregada sobre la distribución territorial de los pagos.
Para acceder al aporte, los interesados deben completar un único proceso de postulación a través de la plataforma soluciondeudahistorica.mineduc.cl. Los docentes que aún no hayan presentado los antecedentes necesarios para cumplir con los requisitos establecidos en la Ley N° 21.728 podrán realizar el trámite hasta el 31 de diciembre de 2026.
En el caso de los docentes que hayan presentado demandas contra el Estado por el incumplimiento de este aporte, será necesario firmar una declaración de desistimiento de las acciones judiciales para acceder al beneficio.
Quienes se encuentren en esta situación deberán presentar la solicitud de desistimiento mediante el trámite disponible en soluciondeudahistorica.mineduc.cl. Si cumplen con los demás requisitos establecidos en la ley, podrán recibir el pago en alguno de los siguientes grupos anuales contemplados en la normativa, hasta 2030.
PURANOTICIA