Al momento de las votaciones, la Sala optó en forma mayoritaria por respaldar la norma penal. Para ello hubo 83 votos favorables que se impusieron sobre los 45 contrarios y las 8 abstenciones.
La Cámara de Diputados aprobó con 83 votos a favor, 45 en contra y 8 abstenciones el proyecto que sanciona con cárcel el porte injustificado de combustibles aptos para la comisión de atentados.
Se sanciona con presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) a quien, en el contexto de reuniones en lugares de uso público, porte injustificadamente combustible apto para cometer atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas.
El proyecto fue ingresado por el Gobierno bajo la idea de proteger el derecho a la manifestación y aislar a las personas que la utilizan para cometer actos violentos, sin embargo, durante la tramitación sufrió cambios, pasando de una falta penal (sancionando con multa) a un delito (con pena de cárcel).
"La opinión del Ejecutivo es que dado que el combustible no es un material que tenga circulación restringida, no es como las armas, nos parece que lo prudente es sancionar esto transformándolo en una falta penal", dijo la ministra del Interior, Carolina Tohá.
Pese a que la secretaria de Estado llamó a rechazar el proyecto y continuar la tramitación en una comisión mixta, no fue escuchada por las coaliciones políticas no alineadas, como la Democracia Cristiana, Amarillos, Demócratas y el Partido de la Gente, quienes respaldaron el proyecto.
En la votación se abstuvieron los diputados Marta González (IND- PPD), Raúl Leiva (PS), Jaime Naranjo (PS), Patricio Rosas (IND-FA) y Consuelo Veloso (IND-FA).
Tras la aprobación, el Ejecutivo tiene la posibilidad de promulgar la ley despachada por el Gobierno, enviarlo al Tribunal Constitucional o presentar un veto, tal como lo hizo en la ley de usurpaciones.
PURANOTICIA