La única enmienda que fue enviada a comisión mixta y que retrasa el despacho del proyecto es la que tiene relación con la compensación que recibirán las municipalidades por la exención del pago de contribuciones para los adultos mayores de 65 años.
La Cámara de Diputados aprobó casi en su totalidad las modificaciones que el Senado hizo al proyecto de Reconstrucción, por lo que la iniciativa del Gobierno será ley.
27 de las 28 votaciones en particular de la iniciativa fueron aprobadas, finalizando así el tercer trámite constitucional de la denominada megarreforma.
La única enmienda que fue enviada a comisión mixta y que retrasa el despacho del proyecto es la que tiene relación con la compensación que recibirán las municipalidades por la exención del pago de contribuciones para los adultos mayores de 65 años.
El Ejecutivo requería un piso mínimo de 78 votos para ratificar el articulado, pero la votación se cerró con 76 preferencias.
En la oportunidad, además, legisladores de diversos sectores realizaron reserva de constitucionalidad a una quincena de artículos. Entre las normas cuestionadas están las modificaciones en materia medioambiental que, entre otros puntos, fijan un derecho a indemnización con cargo al fisco de proyectos que, por sentencia judicial, vean anulada su resolución de calificación ambiental.
Otro punto que tuvo reparos constitucionales por parte de legisladores de la oposición es la invariabilidad tributaria, de 10 a 20 años, para inversiones locales o extranjeras, dependiendo del monto de estas.
En tanto, desde el oficialismo se impugnó la constitucionalidad de la norma que elimina el registro histórico de deudas.
En la discusión de las modificaciones, quienes defendieron la propuesta resaltaron la necesidad de reactivar el desarrollo económico, dar certeza a la gente y fomentar el empleo. En este marco, relevaron las diversas medidas contempladas en la iniciativa. También, resaltaron que el Ejecutivo tuvo apertura a hacer cambios, como en materia de invariabilidad tributaria, franquicia Sence y crédito al empleo.
Sin embargo, criticaron modificaciones propuestas por el Senado, como el llamado “derecho al olvido financiero” y el pago obligatorio a pymes.
Desde otra visión, se estimó que el proyecto debilita la regulación medioambiental y privilegia a los más ricos. Se consideró que sus normas ponen en riesgo la generación presente y futura y se puso en duda que las medidas propiciarán el desarrollo económico y la generación de empleo. De hecho, según sus argumentos, la propuesta llevaría al país, al 2030, a una deuda del PIB cercana al 49%. “No da certeza para Chile, sino que hipoteca los ingresos del Estado por años”, se argumentó.
Además, se recordó que se ofreció separar del proyecto todo lo relacionado a la Reconstrucción Nacional, para darle una rápida tramitación y despacho, lo cual se descartó por parte del Gobierno. En tal plano, se sostuvo que se optó por hacer valer una simple mayoría para imponer un texto que no beneficiará al conjunto del país, sino que solo a unos pocos.
Finalmente, desde el centro se planteó enviar el proyecto a una comisión mixta para efectuar mejoras al articulado.
En su paso por el Senado, el proyecto en trámite fue objeto de una serie de cambios. Por ejemplo, en materia de Reconstrucción Nacional, se añadieron exigencias a la obligación de información sobre el plan de Reconstrucción de zonas afectadas por catástrofes. También, se prohibió el uso de los recursos del Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios para gastos de publicidad, difusión institucional o eventos de cualquier naturaleza. Asimismo, se autoriza a los municipios involucrados a rebajar o eximir temporalmente los derechos municipales.
Otros ajustes se dirigieron a materias medioambientales. En este último ámbito se realizaron precisiones sobre el tema de las relocalizaciones de una concesión de acuicultura y la oportunidad en que se exigirá una evaluación de impacto ambiental. En la misma línea, se detallaron las disposiciones sobre reclamación de declaraciones de impacto ambiental y sobre el derecho a indemnización, fijando exclusiones a este beneficio especial.
Igualmente, se redefinió el texto sobre la información que el SII entregará respecto de la metodología usada para el cálculo del impuesto territorial, así como del alcance del beneficio de exención de dicho gravamen.
En invariabilidad tributaria se fijaron plazos diferenciados según el monto de la inversión. Estos van desde 10 años, para montos desde USD50 millones, a 20 años, cuando los valores superen los USD350 millones.
En el texto aprobado finalmente por ambas ramas del Congreso, se precisa lo que no constituirá capacitación para efectos de los beneficios estatales en este ámbito. De este modo, quedan excluídas actividades recreacionales y aquellas que no se orienten directamente al mejoramiento de la empleabilidad, productividad, adaptación tecnológica o desempeño laboral del participante. Igualmente, tampoco las actividades basadas solo en la autoinstrucción.
En las votaciones se respaldó la eliminación dispuesta en el Senado de todo el articulado referido al beneficio de Sala cuna aprobado en la Cámara en su primer trámite.
Otras adecuaciones se realizaron en torno a la facultad entregada a la Tesorería para dar facilidades de pago a créditos universitarios y para deudas de las pymes. En una línea similar, se precisaron atribuciones de este organismo para el cobro de patentes, derechos y tasas municipales.
PURANOTICIA