El Tribunal de Disciplina reveló el documento de 22 páginas que acusa al club ariqueño de entregar información financiera falsa. El equipo tiene cinco días para apelar.
La Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) publicó el fallo de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina por la causa en contra de San Marcos de Arica, club que fue desafiliado por irregularidades administrativas relacionadas a la entrega de información presuntamente falsa.
Al respecto, en el escrito de 22 páginas se detalla que el cuadro ariqueño "declaró formalmente capitales de funcionamiento positivos cercanos a M$1.000.000 (entre M$900 y M$988 millones) para aparentar el cumplimiento del capital mínimo de 1.000 UF exigido por la Ley N° 20.019. Sin embargo, sus estados financieros auditados y libros contables reales registraban un patrimonio negativo superior a los M$2.000.000 en 2024 y M$2.900.000 en 2025, acumulando pérdidas contables de hasta M$3.892.143 y pasivos con directores relacionados por más de M$3.500.000".
Asimismo, se acusa que los nortinos "informaron un capital positivo cercano a M$1.000.000 cuando, según los propios registros del Club y a los mismos cierres, su patrimonio era negativo en más de M$2.000.000. Se trata de una falsedad ideológica pues el documento es auténtico en su origen y en sus firmas, pero falso en su contenido".
Por lo mismo, en una votación dividida de 6-1, el organismo determinó la desafiliación de los "Bravos del Morro", resolución que abrió un flanco importante: ¿qué pasará con la tabla de la Liga de Ascenso?
El artículo 87 de las bases del torneo de Primera B establece que en el caso de pérdida de categoría, el equipo en cuestión caía hasta el último puesto de la tabla y todos sus partidos se le debían dar por perdidos por un marcador de 3-0. Sin embargo, el documento en cuestión no habla sobre el caso puntual de una desafiliación, aun cuando dicha palabra aparece en el título de la norma.
"No obstante el referido título, el cuerpo de la norma jurídica analizada; es decir, el texto y tenor del artículo 87° de las Bases, que es en definitiva lo que el Tribunal debe aplicar, sólo se refiere a la sanción de pérdida de la categoría, sinónimo de descenso a la categoría inmediatamente inferior, que es la expresión también utilizada en otros cuerpos normativos de la ANFP", expusieron desde el organismo, pese a que uno de sus integrantes (Jorge Isbeg) solicitó un pronunciamiento expreso sobre esta materia.
A partir de este momento, San Marcos de Arica tiene cinco días hábiles para apelar a la decisión y tratar de revertir su situación con miras a la última fecha del certamen, la cual quedó a la espera de reprogramación para mediados de noviembre.
PURANOTICIA