Miércoles 22 de junio de 2022 17:44

En prisión preventiva deberá seguir carabinero imputado por disparar contra manifestantes durante el estallido social en Viña del Mar

Juzgado de Garantía desestimó los nuevos antecedentes aportados por la defensa del ex funcionario policial, respecto a la declaración de la viuda del entonces superior jerárquico del imputado, quien aseguró que su esposo dio la orden de disparar.

Un nuevo revés sufrió Mario A.A.G., ex carabinero que se encuentra en prisión preventiva desde noviembre de 2021, imputado –junto a otro ex funcionario que no compareció– por apremios ilegítimos y disparos injustificados, en el marco del uso de su arma institucional contra manifestantes durante una protesta realizada en la Plaza Sucre de Viña del Mar, en contexto del estallido social, el 22 de octubre de 2019.

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La defensa del carabinero dado de baja solicitó la revisión de las medidas cautelares, para revertir la medida privativa de libertad, acción que fue desestimada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar por considerar que el único antecedente nuevo que se aportó no cuenta con elementos suficientes para ser acreditado.

Cabe hacer presente que dicho antecedente dice relación con la declaración de la viuda de un oficial superior del imputado, la cual aseguró que su fallecido esposo, un ex teniente de Carabineros, ordenó efectuar los disparos.

LOS HECHOS

Según el relato del Ministerio Público durante la formalización de cargos, se indicó que los carabineros, encontrándose en un procedimiento de control del orden público, dispararon sus armas de fuego, ocasionando heridas a ocho personas en la Plaza Sucre de Viña del Mar, el pasado 22 de octubre de 2019, en el marco del estallido social.

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Además, uno de los ex funcionarios policiales fue formalizado por la falsedad de instrumento público, por la referencia y el relato contenido en un parte policial que se apartaba de la realidad. 

Ambos ex carabineros fueron puestos en prisión preventiva por decisión del Tribunal de Garantía que consideró, de acuerdo a las argumentaciones de la Fiscalía, que existía un peligro para la seguridad de la sociedad, considerando la gravedad de las penas que están asociadas a los delitos que se imputa.

La fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, manifestó durante la formalización que "especialmente el tribunal consideró que por tratarse de personal policial, especialmente entrenado en la labor del orden público, no resultaba esperable que actuasen de esta manera cuando no existían indicios respecto de la proporcionalidad de disparar un arma de fuego, frente a la manifestación que estaba teniendo lugar". 

NUEVO ANTECEDENTE

Carolina Briones, abogada del imputado, señaló que "esta defensa solicita que se sustituya la prisión preventiva, puesto que a la fecha han variado las circunstancias que se tenían a la vista para mantenerla",

Y agregó que "aparecen nuevas diligencias: primero, la declaración de la viuda del teniente coronel Arriagada, quien señala que su cónyuge fallecido le indicó que el día de los hechos fue él quien dio la orden de disparar".

"La declaración de la viuda del coronel, más la declaración de mi defendido en el informe de la PDI, dan cuenta que la decisión de disparar no fue de mi defendido, sino que de su superior jerárquico, del teniente coronel Arriagada", sostuvo.

AUDIOS DE CENCO

Luego fue el turno del fiscal Juan Sebastián de la Fuente, quien refutó lo planteado por la defensa del ex carabinero, señalando que "creemos que el hecho que haya declarado la viuda del mayor Arriagada no es de un sustento tal que pueda desvirtuar todas las pruebas que obran en la carpeta investigativa que acredita, según nosotros, que don Mario disparó injustificadamente su arma y que, además, ocasionó esta agresión en contra de la víctima".

En ese sentido, reveló que lo expresado por la viuda del superior jerárquico del imputado no se condice con los audios compartidos por la Central de Comunicaciones de Carabineros (Cenco) el día de los hechos.

"Tampoco en la carpeta y en los audios se puede escuchar que efectivamente hay una orden. En ninguno de los audios que hay en la carpeta investigativa, de Cenco, hay una orden del mayor Arriagada que dice "disparar". Ninguna. Cero", y agregó que "en ninguno de los 1.900 audios escuchados y transcritos se emite una orden de disparar por parte del mayor Arriagada, que estaba a cargo del piquete ese día".

RESOLUCIÓN

Luego de conocer los antecedentes, la magistrada Loreto León Pinochet, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, señaló que "lo más relevante en esta etapa de discusión es este antecedente que entrega la viuda de este funcionario fallecido que, según ella, habría dado la orden de disparar".

"A mí me llama la atención que Cenco, siendo el medio oficial de comunicación entre los funcionarios que están en un procedimiento, no hay ningún registro que se haya dispuesto esta orden de disparar y ello me parece coherente, como lo señaló el INDH también, que efectivamente no hay ningún antecedente respecto de otro testigo, funcionario policial, que diga que se recibió esa orden", agregó.

Bajo este contexto, sostuvo que "eso me parece relevante porque si existiera esa orden, alguien más la tendría que haber escuchado o, si bien, no la recibía particularmente, habría escuchado que este mayor se la daba a otro funcionario. Eso me parece que no está acreditado, entonces no me voy a hacer cargo porque efectivamente tiene que acreditarse primero que existió esa orden".

Por ello, resolvió que "lejos de desvanecerse la necesidad de cautela, se ha confirmado, con los antecedentes que existen en la investigación y existiendo entonces esta audiencia de preparación de juicio pendiente, me parece necesario mantener esta decisión y voy a señalar que esa va a ser la decisión del tribunal: se mantiene la prisión preventiva en los términos que se había decretado originalmente".

De esta manera, el Juzgado de Garantía de Viña del Mar mantuvo la prisión preventiva de Mario A.A.G., y fijó para las 9:05 horas del lunes 11 de julio la audiencia de preparación de juicio oral en esta causa.

PURANOTICIA

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