Martes 6 de septiembre de 2022 19:39

Tribunal declara admisible recurso de nulidad a favor de Martín Pradenas y la Corte Suprema deberá resolver

El abogado Javier Jara había adelantado que iban a “recurrir a la nulidad”, acusando que hubo “escasos elementos probatorios”.

El Tribunal Oral en lo Penal (T.O.P.) de Temuco declaró admisible el recurso de nulidad presentado por la defensa de Martín Pradenas Dürr, quien fue condenado a 20 años de presidio mayor en su grado mínimo. Ahora le corresponderá a la Corte Suprema resolver la petición.

Pradenas fue declarado culpable de siete delitos sexuales cometidos en contra de seis víctimas, entre ellos el caso de la joven universitaria Antonia Barra, quien se suicidó en 2019.

El abogado Javier Jara había adelantado que iban a “recurrir a la nulidad”, acusando que hubo “escasos elementos probatorios”. “Sin perjuicio de que se tiene que hacer una evaluación del fallo, hay indicios en el veredicto que nos dicen que todo lo que favorecía a Martín Pradenas, en cuanto a probar que no cometió los delitos que se le imputaron, no fue tomado en cuenta", indicó después de conocido el veredicto.

Respecto a esos dichos, la madre de Antonia, Marcela Parra, señaló en Chilevisión que "no tengo muy claro qué pruebas fueron poco claras según ellos, pero fue (un fallo) en forma unánime, donde los tres jueces llegaron a la misma conclusión de que los delitos sí se habían cometido pese a los años que habían pasado, porque las primeras víctimas fue entre 2010 y 2012".

De esta forma, será la Corte Suprema la que resolverá el requerimiento.

Por otro lado, el T.O.P. también acogió un recurso de apelación de los abogados de Pradenas respecto al pago de los gastos de la causa al cual fue condenado su representado.

"En las consideraciones de la sentencia no se contiene ningún argumento que explique dicha condena en costas. Solo en la parte resolutiva se señala que fue totalmente vencido el acusado sin mayores fundamento", señala el texto del requerimiento, que será revisado por la Corte de Apelaciones de Temuco.

En el documento, los juristas aludieron a la decisión del de no acoger los 41 años de cárcel que había pedido Fiscalía. "Hubo motivo plausible para litigar, pues sostenemos que acciones imputadas, que fueron acreditadas, no lo fueron por todas las circunstancias fácticas imputadas, habiendo una variación en los hechos que el tribunal dio por acreditados”, indicaron.

PURANOTICIA

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