Viernes 4 de agosto de 2023 11:37

Corte de Temuco rechaza retorno de dos presos mapuches a cárcel de Angol: Ambos participaron del anterior motín que afectó al recinto

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso presentado por Máximo Iván Queipul Huenchullán y Fabián Alejandro Llanca Nahuelpi, en contra de la resolución judicial que aprobó su traslado al módulo de comuneros de la cárcel local.

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso presentado por la defensa de Máximo Iván Queipul Huenchullán y Fabián Alejandro Llanca Nahuelpi, en contra de la resolución judicial que aprobó su traslado al módulo de comuneros del Centro de Cumplimiento Penitenciario de la capital de La Araucanía.


En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución, dictada por el Juzgado de Garantía de Collipulli, que rechazó la pretensión de la defensa de devolver a los imputados al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Angol.


Ambos fueron sacados desde ese recinto penal tras haber participado en el motín, con retención de gendarmes, el 7 de mayo pasado. Hechos que están bajo investigación del Ministerio Público.


“Es un hecho no debatido que los formalizados Llanca Nahuelpi y Queipul Huenchullán, son actualmente imputados en causa diversa, por hechos ocurridos al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Angol en que se les ocasionaron lesiones a diversos funcionarios de Gendarmería, que actualmente trabajan en dicho recinto”, indica el fallo.


La resolución agrega que “corresponde a Gendarmería de Chile resguardar la integridad física y psíquica de los imputados que se encuentren bajo su amparo, así como también, debe cautelar dicha esfera respecto de sus propios funcionarios”.


Para el tribunal de alzada, "el módulo de comuneros mapuche del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco al que se ordenó el traslado de los imputados, cuenta con las condiciones necesarias para cautelar el desarrollo comunitario y social de los comuneros, permitiendo autorizaciones especiales e incluso, el ingreso de sus autoridades ancestrales”.


“Que, conforme lo razonado y la disposición legal citada, la decisión del Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli cumple con los parámetros legales y además, busca fomentar la seguridad de los intervinientes del proceso penal y de las instituciones –y sus funcionarios– que participan en él, siendo la seguridad, un instituto fundamental para proteger de los peligros potenciales a los que se encuentren expuestos del diversos participantes del proceso penal, buscando mantener un sentido de bienestar físico y emocional de los mismos”, concluye.

PURANOTICIA