Jueves 20 de abril de 2023 15:50
Corte acoge recurso de protección y defensa de Llaitul no podrá acceder a la identidad de testigos protegidos
El tribunal de alzada aceptó la orden de no innovar de la Fiscalía de La Araucanía y dejó sin efecto la orden de la jueza de Garantía Viviana García, surgida ante la solicitud del defensor penal público Humberto Serri.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado en contra de la entrega de nombres de testigos protegidos a la defensa del líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul.
El tribunal de alzada aceptó la orden de no innovar de la Fiscalía de La Araucanía y dejó sin efecto la orden de la jueza de Garantía Viviana García, surgida ante la solicitud del defensor penal público Humberto Serri.
Llaitul está acusado de ser el autor de tres delitos de incitación a la violencia y uso de armas de fuego contemplados en la Ley de Seguridad del Estado, además de dos delitos de usurpación violenta y hurto de madera. El líder de la CAM permanece en prisión preventiva desde su formalización, realizada el 25 de agosto de 2022.
La determinación del tribunal de primera instancia había sido cuestionada por el Fiscal Nacional, Ángel Valencia. "Estimamos que no se ajusta al derecho ni tampoco a nuestras obligaciones legales, ni a las de todas las instituciones del Estado, en lo que se refiere a la protección de víctimas", indicó.
"Vamos a analizar los cursos procesales a seguir, porque no es una decisión con la que nos conformemos. Vamos a insistir en la necesidad de que, para evitar la impunidad en chile y asegurar la justicia en casos tan graves como ese, el testimonio de los testigos sea oído por los tribunales", había adelantado el timonel del Ministerio Público.
En conversación con radio Duna, el ministro de Justicia, Luis Cordero, había explicado que la dualidad entre la protección de identidad de testigos y las atribuciones de la defensa es algo "habitual" en los juicios, y que hay una "tensión entre la eficacia del sistema de enjuiciamiento criminal y los derechos de la defensa en una contienda adversarial".
"Lo que subyace a esta discusión es el derecho de la defensa a conocer quién está declarando y qué está declarando en su contra. Probablemente lo que hizo la defensa de Llaitul en este caso fue conocer la identidad de esas personas para hacer efectiva su teoría del caso, para ver si esas personas tienen algún nivel de compromiso, lo clásico que puede estar detrás de un litigio", sumó.
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