Jueves 8 de septiembre de 2022 17:53

Comenzó histórico juicio contra seis ejecutivos de ENAP por contaminación en Quintero y Talcahuano: empresa acusa "sesgo"

En el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Concepción se dio inicio a los alegatos de apertura de juicio oral del caso denominado como «Crudo Iraní», por el delito de propagación de sustancias peligrosas para la salud animal o vegetal.

En el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Concepción comenzó el juicio oral contra seis ejecutivos de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por su presunta responsabilidad en los episodios de contaminación que en agosto y septiembre de 2018 se registraron en Talcahuano (Biobío), y Quintero y Puchuncaví (Valparaíso).

A cuatro años de aquellos episodios que dejaron a más de mil personas con síntomas asociados a intoxicación en el litoral norte de la región de Valparaíso, la justicia dio inicio a los alegatos de apertura de juicio oral del caso denominado «Crudo Iraní» por el delito de propagación de sustancias peligrosas para la salud animal o vegetal.

De esta manera, la investigación desarrollada por la Unidad de Alta Complejidad de la Fiscalía del Biobío comienza a llegar a su término, enjuiciando a tres ejecutivos de la refinería Aconcagua, ubicada en la región de Valparaíso; y a tres de la refinería Biobío, ubicada en la región homónima.

Se trata de Álvaro Hillerns Velasco, Patricia Cabalá Leiva, Edmundo Piraíno Suez, Juan Pablo Rhodes Valenzuela, Carlos Lizana Guerrero y Jorge Farías Fuentes, contra quienes el Ministerio Público pide cuatro años de cárcel, mientras que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) solicita cinco años de prisión.

Cabe hacer presente que el auto de apertura que fue remitido al TOP de Concepción es un documento que consigna el testimonio de 284 testigos, 20 peritos, además de 1.098 medios de prueba documental y 116 otros medios de prueba.

CONTAMINACIÓN EN QUINTERO

Según Fiscalía, los imputados Edmundo Piraíno, gerente de la Refinería Aconcagua; Juan Pablo Rhodes, director del Terminal Marítimo de Quintero; y Carlos Lizana, jefe del área terrestre del Terminal Quintero, infringieron las reglas de protección del medio ambiente y laborales, al drenar el crudo denominado «iranian heavy», depositado en uno de sus estanques.

La acción, según el Ministerio Público, generó la emisión de sulfuros que, dadas las condiciones climáticas que imperaban en la zona entre el 17 y 24 de agosto de 2018, se dispersaron y alcanzaron zonas pobladas en Quintero y Puchuncaví, lo que puso en riesgo la salud y la vida de sus habitantes.

EL CASO EN TALCAHUANO

La acusación del órgano persecutor sostiene que los imputados Álvaro Hillerns, gerente de la Refinería Biobío; Patricia Cabalá, jefa de operaciones de ENAP Biobío; Jorge Farías, jefe del área marítima de ENAP Biobío –junto al capitán de marina mercante y a cargo del alije entre buques, Joseph Darlington Flores, quien obtuvo la salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento–, coordinaron y llevaron a cabo una serie de acciones destinadas a la descarga de crudo de origen iraní, el 3 y 4 de agosto de 2018, en la bahía de Concepción.

Esta ejecución, según Fiscalía, incluyó la realización de una serie de “venteos”; es decir, la expulsión a presión, desde las bodegas del buque Monte Toledo, de gases contenedores de ácido sulfhídrico (H2S), operación que trajo como consecuencia la propagación indebida de contaminantes peligrosos para la salud, desde la bahía hacia zonas pobladas de Concepción y Talcahuano.

Cabe hacer presente que este histórico juicio se está llevando a cabo en la región del Biobío debido a que fue justamente en esta zona del país donde tuvo inicio esta emergencia ambiental, tal como se indicó en la acusación de Fiscalía, que apunta a la descarga y almacenamiento del crudo iraní en Talcahuano.

ENAP ACUSA "SESGO"

Frente a los hechos que se le imputan, desde ENAP manifestaron a Puranoticia.cl que centrarán su defensa basándose, principalmente, en que realizó un único embarque y una operación de trasvasije de crudo (alije) la bahía de Concepción, bajo todos los estándares internacionales para este tipo de carga de crudo, hecho que fue entre dos embarcaciones el día 4 de agosto de 2018.

En base a ello, Cristián Muga, abogado de ENAP, indicó que "la descarga en el Terminal San Vicente ocurrió el 5 de agosto de ese año; es decir, al día siguiente de las evacuaciones ocurridas en Concepción”, agregando que “el trasvasije se efectuó utilizando un sistema completamente hermético, el que fue comunicado a las autoridades regionales y al personal de la Armada, siendo esta última la que supervisó y autorizó el proceso”.

Además, apunta a que "ni el personal de la estatal ni de la Armada, ni de la empresa naviera que participaron del alije sufrieron afectación alguna por el procedimiento", añadiendo que el ácido sulfhídrico que contiene el crudo -sea el iraní o cualquier otro- "se neutraliza mediante procedimientos estándares realizados cotidianamente por profesionales especializados”.

Junto a destacar que Irán es uno de los principales productores de petróleo del mundo y que su crudo se vende en el mercado formal y lo compran los países desarrollados a diario, el abogado Muga sostuvo que "las instalaciones de ENAP están en condiciones de manejar y procesar cualquier clase de crudo”. Asimismo, dijo que "sus trabajadores que están siendo investigados se desempeñan en el marco de una empresa pública estratégica que produce y refina los combustibles que consume el país; es decir, la compra de crudo es parte de su actividad habitual y diaria".

También reclama que "la única verdad en una investigación penal es una sentencia definitiva”, y que antes de eso "sólo existen versiones de los hechos y ni las partes querellantes ni el Ministerio Público -por respetables que sean- tienen derecho a dar por establecidos hechos, juzgar y condenar públicamente, como ha sido la tónica en este caso".

Por último, afirma que "las acusaciones en contra de la empresa tienen un sesgo, lo que impidió investigar sobre los verdaderos causantes de la contaminación en Quintero y Talcahuano”, y que "en la propia carpeta investigativa se contienen antecedentes suficientes que permiten mostrar que la causalidad no tiene relación alguna con la descarga del crudo iraní”.

PURANOTICIA

Cargar comentarios