Miércoles 10 de noviembre de 2021 14:54

Presidente Piñera promulga la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos: restricciones van a ser "muchas, duras y efectivas"

El Mandatario declaró que "esta ley le va a hacer la vida muy difícil a los padres que quieran seguir evadiendo sus obligaciones con sus propios hijos".

El presidente Sebastián Piñera acompañado por los ministros de Justicia, Hernán Larraín, y de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, promulgó la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Esta iniciativa formaba parte de la Agenda mujer que propuso dos meses después de ser electo, que contempla reformas e iniciativas legales para avanzar hacia un Chile con mayor igualdad de derechos, deberes y oportunidades entre hombres y mujeres. Al respecto señaló que "todavía quedan discriminaciones arbitrarias, algunas de caracter legal que vamos a enfrentar, y otras de caracter cultural que también debemos enfrentar. Por ejemplo, necesitamos que el Congreso apruebe la ley que crea el derecho universal a la sala cuna, y también la ley que establece la plena igualdad entre hombres y mujeres en la administración de la sociedad conyugal".

"Hoy damos otro gran paso en la agenda mujer que presentamos al país, creando el Registro Nacional de Deudores de Alimentos, que va a ser electrónico y de fácil acceso para quien corresponda y va a estar a cargo del Registro Civil y de Identificación", señaló.

El Mandatario explicó que el objetivo de la ley es "ayudar a esas madres, hijos y adolescentes, obligando a los padres a cumplir con sus deberes con sus hijos y terminando con la impunidad en el no pago de las pensiones de alimentos. Esta ley le va a hacer la vida muy difícil a los padres que quieran seguir evadiendo sus obligaciones con sus propios hijos".

Los que estarán inscritos en el registro de deudores son "los padres que no paguen la pensión de alimentos por tres meses seguidos o por cinco meses no consecutivos".

Además detalló que las restricciones van a ser "muchas, duras y efectivas".

En primer lugar "los deudores que soliciten créditos bancarios o devolución de impuestos, se les va a retener una parte de esos ingresos para pagar la pensión de alimentos. Segundo, los deudores que intenten vender un inmueble un vehículo, solo podrán hacerlo si se acredita el pago de la pensión de alimentos".

Junto con eso, Piñera explicó que aquellos "que sean contratados o ascendidos por el Estado, Poder Judicial o Congreso, los directores o gerentes generales de sociedades anónimas, las personas con contrato de honorarios y los pensionados, se les retendrá parte de sus ingresos para pagar parte de la pensión de alimentos".

En cuanto a los cargos públicos, señaló que "los parlamentarios, consejeros regionales, alcaldes, concejales o cualquier autoridad que pretenda ser electa popularmente, deberá autorizar en forma previa a la asunción de su cargo si es deudor de alimentos, la retención de parte de sus ingresos para pagar la pensión de aliementos".

Los deudores no podrán recibir determinados beneficios o bonos del Estado ni obtener licencia de conducir ni pasaporte al menos que acrediten ante un tribunal la necesidad total de esos documentos.

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