Jueves 28 de noviembre de 2019 20:32
Tras denuncia del propio Alcalde y Concejales, Contraloría detecta diversas irregularidades en la Municipalidad de Petorca
Dichas denuncias dicen relación con la realización de licitaciones públicas, ejecución de contratos, pago de sueldos, y faltas al principio de probidad administrativa, entre otras materias expuestas por las autoridades edilicias.
Con la finalidad de denunciar irregularidades en la realización de licitaciones públicas, ejecución de contratos, pago de sueldos y faltas al principio de probidad administrativa, entre otras materias, el alcalde de Petorca, Gustavo Valdenegro, y los concejales Erick Castro, Gonzalo Arenas, Héctor Guerrero y Rodrigo Cuevas, acudieron a la Contraloría Regional de Valparaíso para que se lleve a cabo una investigación que atienda las presentaciones realizadas.
En resumen, el jefe comunal y los ediles denuncian la no realización de auditorías externas solicitadas y acordadas por el Concejo Municipal de Petorca; la existencia de procedimientos disciplinarios inconclusos que exceden los plazos previstos en la normativa legal que rige la materia; la falta de concursos para proveer diversos cargos; el pago indebido de honorarios a funcionarios municipales; y la eventual comisión del delito de cohecho.
NUEVE SUMARIOS EN CURSO
Dicha solicitud llegó a buen puerto, por lo que el organismo fiscalizador llevó a cabo una investigación, la cual quedó plasmada en el Informe Final de Investigación Especial N° 152, de 2019, el cual arroja -como primer punto- que la Municipalidad de Petorca mantiene nueve sumarios administrativos en curso, los cuales han excedido ampliamente el plazo de tramitación establecido al efecto en el artículo 133, inciso segundo, de la ley N° 18.883.
Los recurrentes denuncian la existencia de sumarios e investigaciones sumarias iniciados los años 2016 y 2017, que aún no han sido afinados. Y, en efecto, Contraloría determinó en una auditoría previa, que la entidad edilicia no cuenta con un libro de sumarios, situación contraria a lo expresado por el órgano de control. Sin perjuicio de lo anterior, y según información brindada por el Administrador Municipal, vía correo electrónico de 22 de agosto de 2019, se verificó la existencia de nueve sumarios administrativos que a esa fecha aún se encontraban en trámite.
Frente a esto, el artículo 133, inciso 2º de la ley N° 18.883, ordena que tratándose de sumarios administrativos, la investigación de los hechos deberá realizarse en el plazo de 20 días, al término de los cuales se declarará cerrada la investigación y se formularán cargos al/los afectados o se solicitará el sobreseimiento, para lo cual habrá un plazo de tres días, plazos que, en los casos examinados, se han excedido ampliamente.
Producto de esta situación, Contraloría indica que lo que corresponde es que la entidad edilicia afine dichos procedimientos y considere la instrucción de un sumario administrativo, destinado a determinar las eventuales responsabilidades que pudieran derivarse de tales dilaciones.
EVENTUALES IRREGULARIDADES
Sobre eventuales irregularidades constitutivas de delito, el Alcalde y los Concejales recurrentes remiten copia de una denuncia realizada por cuatro vecinos, en la que exponen que el 28 de febrero de 2017, la Sociedad de Transportes y Servicios F.I. Ltda. transfirió un vehículo a María Hernández -cónyuge de Ariel Garrido, secretario municipal- un día antes de que la Municipalidad de Petorca firmara con esa empresa un contrato de servicios conexos para la recolección de residuos domiciliarios.
Además, exponen que el 8 de mayo de 2017, el aludido funcionario municipal firmó el decreto alcaldicio N° 700, de igual fecha, que ratifica el referido contrato, hechos que, a su juicio, podrían revestir caracteres de delito.
Frente a esto, Contraloría establece que el secretario municipal, Ariel Garrido, firmó, como ministro de fe, el decreto alcaldicio N° 700, de 8 de mayo de 2017, que aprobó una segunda prórroga del contrato de prestación de servicios celebrado con la Sociedad de Transportes y Servicios F.I. Ltda., empresa que el 28 de febrero de ese mismo año había transferido un vehículo a su cónyuge.
Con esta acción, el funcionario municipal contravino lo ordenado en el artícuio 62, N° 6, de la ley N° 18.575, que lo obliga a abstenerse de actuar en tales circunstancias, por lo que el municipio deberá proseguir con el proceso sumarial que ha iniciado al efecto a través del decreto alcaldicio N° 2.438, de 2019.
EXTRACCIÓN DE AGUA SUBTERRÁNEA
Una de las interrogantes que Contraloría buscó resolver por medio de esta investigación dice relación con saber si la extracción de agua subterránea, por parte de la Asociación Gremial del Servicio de APR del Río Petorca, contó con todos los permisos exigidos en la ley. En ese sentido, se advierte la falta de resolución vigente de la DGA que autorice a dicha asociación la extracción de aguas subterráneas desde los pozos "Zapallar", "El Peñón" y "Chimba Sur", así como la falta de autorización de la Seremi de Salud para el funcionamiento de dichos pozos.
Por ello, la Municipalidad de Petorca deberá regularizar tal situación en el plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, lo cual será verificado en una próxima visita de seguimiento.
Además, la Municipalidad cursó los decretos de pago N° 2.252 Y 2.635, ambos de 2018, que sancionaron desembolsos a la Asociación Gremial del Servicio de APR del río Petorca, por montos que no se ajustan a aquellos convenidos en el contrato suscrito entre las partes, situación que deberá regularizada e informada por la Unidad de Control Interno de ese municipio a Contraloría -en el plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe final.
Por otra parte, el municipio no puso a disposición de Contraloría el decreto de pago N° 1.206, de 2018, por la suma de $3.600.723, por lo que deberá disponer la reconstrucción de dicho expediente, según la medida anunciada por esa entidad, en el plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente documento, lo que será verificado en una visita de seguimiento.
CONTRATOS CON FUNCIONARIOS
Sobre contratos a honorarios celebrados con funcionarios municipales, los recurrentes solicitaron un pronunciamiento sobre la legalidad de los contratos a honorarios que, en forma paralela a sus cargos, mantienen diversos funcionarios municipales, los cuales, en todo caso, no son individualizados en sus presentaciones.
Consultado al respecto, el alcalde Gustavo Valdenegro, por medio del oficio N° 604, de 2018, informó que, entre el 1 de enero y 31 de diciembre del 2018, suscribió ocho contratos a honorarios con los funcionarios municipales Víctor Rebolledo, director de la Secpla; Nilson Olmos, encargado de Emergencias y Operaciones; y Francisco Espinoza, encargado de Movilización.
Con ocasión de dichas contrataciones, incurrió en desembolsos por la suma total de $11.422.230.
Además de lo previamente expuesto, Contraloría estableció que la Municipalidad de Petorca suscribió y pagó diversos contratos honorarios con Rebolledo, por la suma total de $4.666.669, para la ejecución de diversas tareas que debía desarrollar en virtud de su cargo como Director de la Secpla.
En concreto, la Municipalidad, entre el 1 de febrero y el 30 de diciembre de 2018, suscribió seis contratos a honorarios con ese funcionario, por pagos mensuales de $666.667, impuesto incluido, para ejecutar labores que, según se desprende de los términos en que fueron redactadas las cláusulas de esos convenios, no quedaron sujetas a horario o jornada de trabajo.
Asimismo, en la especie tampoco consta el propósito o finalidad pública que ese municipio pretendía satisfacer con dichos estudios, por lo que la entidad edilicia deberá gestionar el reintegro del valor señalado e informar de aquello a la Contraloría Regional de Valparaíso.
CONTRATOS A HONORARIOS
La Municipalidad de Petorca contrató a honorarios a los funcionarios Nilson Olmos, encargado de Emergencias y Operaciones; y Francisco Espinoza, encargado de Movilización, para prestar servicios de manejo agronómico de los estadios de la comuna y parcela Alberto Callejas, y para desempeñarse como encargado de aseo e higiene del corral municipal y mantención de inventario actualizado de vehículos custodiados, respectivamente, en circunstancias que dichos servicios corresponden a funciones de carácter habitual y permanente, propias de la gestión administrativa interna del municipio, lo que vulnera lo establecido en el decreto N° 854, de 2004.
En ese contexto, en declaración prestada a la Contraloría Regional el 22 de febrero de 2019, Olmos indicó que su labores del 2018, con ocasión de su convenio a honorarios, en síntesis, consistieron en asesorar al ente edilicio en la mantención de los cuatro estadios municipales, específicamente en lo referido al riego, poda y fertilización del césped, entre otros aspectos. También dijo que las labores las realizaba por la tarde, luego de terminar su jornada laboral como funcionario municipal.
Por su parte, Espinoza, también en declaración prestada a Contraloría el 22 de febrero de 2019, manifestó que los servicios a henorarios prestados consistían en llevar un control respecto de los vehículos que ingresaban y salían del corral municipal y en realizar el aseo de ese inmueble. A lo anterior, añadió que las labores eran realizadas luego del término de su jornada laboral como funcionario municipal y que, si bien, el contrato estipulaba un horario de trabajo, este no se respetaba, ya que en ocasiones su jornada de trabajo como funcionario municipal se prolongaban.
De este modo, el órgano de control indica que si bien, los citados funcionarios pueden desempeñar las labores que se indican, no procede que lo hagan bajo la modalidad de honorarios ni que sus erogaciones sean imputadas a la referida cuenta presupuestaria, por lo que esa entidad edilicia deberá regularizar dicha situación.
PURANOTICIA