Martes 22 de diciembre de 2020 08:45

Multa de 731 millones de pesos a líneas de buses de Temuco y Padre Las Casas por colusión

Tras la sentencia, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en septiembre del 2018 contra 10 líneas de buses y taxi-buses de Temuco y Padre Las Casas y las condenó a pagar una multa de 1.194,4 UTA, equivalentes a $731 millones.

La FNE acusó a dichas empresas de celebrar y ejecutar un acuerdo entre los años 2003 y 2017 para limitar la cantidad máxima de buses y taxi-buses de su flota, restringiendo, impidiendo y/o entorpeciendo la libre competencia en el mercado del transporte público urbano de pasajeros en Temuco y Padre Las Casas.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió íntegramente en su sentencia la acusación formulada por la Fiscalía, afirmando que: "(...) el acuerdo adoptado entre las requeridas constituye una restricción a la oferta y a la capacidad productiva de los competidores, por cuanto establece un límite a la flota de buses de cada línea y, por lo tanto, impone una cota superior a la producción del servicio de transporte público de pasajeros".

"En particular, limitar la cantidad de buses que puede operar cada línea tiene la capacidad de restringir la frecuencia con la que transitan los buses en los recorridos existentes –al menos– en horario punta y, además, puede limitar la cobertura y la cantidad de recorridos (...) De esta manera, es posible afirmar que el acuerdo tuvo el potencial de limitar la producción del servicio de transporte público de pasajeros", añadió.

El fallo impuso a cada empresa requerida multas que fluctúan entre las 20 y 160 UTA (entre $12 millones y $98 millones) y les ordenó, salvo a Línea 10, implementar un manual o código interno con el objeto de adoptar medidas tendientes a desincentivar prácticas que limiten la competencia entre los operadores de transporte.

Este es el octavo caso en que el TDLC condena a empresas de transporte público en razón de requerimientos iniciados por la FNE desde el 2007 en distintos mercados. La Fiscalía ha acusado colusiones en Osorno, Talca, Valdivia, y en las rutas Santiago-Curacaví–Lo Vásquez, Santiago–Cartagena y Copiapó–Caldera.

Asimismo, el 2011, la FNE requirió a empresas que acapararon oficinas de ventas de boletos en terminales de Valparaíso, La Serena, Coquimbo y Antofagasta.

"En la Fiscalía Nacional Económica mantenemos una especial preocupación por mercados sensibles con un importante impacto en los bolsillos y calidad de vida de la ciudadanía, como lo es el transporte público urbano en todas las regiones del país", señaló el fiscal nacional económico, Ricardo Riesco.

Tras la sentencia, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

SE COLUDIERON ANTE NOTARIO

La investigación comenzó tras una denuncia sobre posibles prácticas colusivas en el transporte público urbano de pasajeros en Temuco y sus alrededores. La indagatoria dio cuenta de que las requeridas suscribieron ante notario tres protocolos sucesivos para limitar la cantidad máxima de buses de sus respectivas flotas: el primero en febrero de 2003, el segundo en febrero de 2008 y el tercero en diciembre de 2012.

El acuerdo colusivo causó daños a los usuarios del transporte público en las comunas de Temuco y Padre Las Casas, porque limitó la frecuencia con que pasan los buses, generado mayores tiempos de espera y tendiendo a reducir la competencia en precios en el mercado.

Asimismo, restringió la posibilidad de ofrecer nuevos recorridos en las localidades afectadas, que han experimentado un gran crecimiento demográfico en los quince años de duración del acuerdo.

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