Martes 2 de marzo de 2021 19:33
Juzgado de Arauco rechaza solicitud de prisión preventiva contra tío abuelo del pequeño Tomás
Esto por considerar que según informe de la autopsia no se encuentra acreditada la existencia de un homicidio ni indicios de participación del imputado Jorge Escobar en la muerte del menor.
Por más de siete horas se extendió la audiencia de formalización en el Juzgado de Garantía de Arauco contra Jorge Eduardo Escobar Escobar, tío abuelo y único imputado por la muerte de Tomás Bravo, niño de 3 años quien estuvo desaparecido en el sector de Caripilún durante 9 días, hasta el hallazgo de su cuerpo el pasado viernes.
El imputado fue formalizado por homicidio calificado, siendo la hipótesis planteada por la fiscalía, que el pequeño Tomás habría fallecido por asfixia, provocada por un objeto de carácter elástico, que habría causado hipoxia y, en definitiva, el deceso del menor. Asimismo, el fiscal jefe de Arauco, José Ortiz, hizo referencia a que, presuntamente, Escobar habría trasladado el cadáver del menor por lo menos dos veces antes de su hallazgo.
La defensa del imputado, en cambio, acreditó que el pre-informe del Servicio Médico Legal (SML), constituye como "indeterminada" la causa de muerte del menor, señalando además que no hubo participación de terceras personas en la muerte del niño.
Asimismo, planteó que un informe de la Brigada de Homicidios de la PDI, precisa que "no existen elementos de juicio que nos permitan imputar responsabilidad en el hecho investigado" y que incluso el niño pudo haber muerto de una forma diferente a la planteada por la fiscalía.
La jueza de Garantía, Perla Roa, determinó que no existen elementos que acrediten la presencia o la participación de Escobar en la comisión del presunto delito contra el niño de 3 años, quien se extravió el pasado 17 de febrero en un punto rural situado entre Lebu y Arauco.
Asimismo, la jueza acogió la solicitud del Ministerio Público y del abogado del padre de Tomás Bravo, quienes solicitaron un plazo de investigación de seis meses.
"No existe y no se han acreditado los presupuestos materiales del delito, estimándose inoficioso pronunciarse sobre la prisión preventiva del imputado", manifestó la jueza, quien agregó que tampoco es posible en base a los peritajes realizados por los diversos organismos, extraer una conclusión científicamente confiable del sitio del suceso y el estado del cuerpo del menor.
El Ministerio Público, representado por el fiscal Ortiz, interpuso de inmediato verbalmente un recurso de apelación para revertir la decisión del tribunal de garantía.
Por esta razón según la magistrado, el tío abuelo del niño, tendrá que mantenerse en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción hasta que la Corte de Apelaciones conozca el recurso de apelación interpuesto por la fiscalía, el que ratificará o revocará su libertad mientras dure la investigación.
PURANOTICIA