Jueves 18 de marzo de 2021 08:37

Senado aprueba proyecto que prohíbe venta de cigarrillos electrónicos a menores

Proyecto tiene por objetivo incorporar a la legislación vigente que regula el tabaco, la definición de dispositivos alternativos con y sin nicotina, comúnmente denominados "cigarrillos electrónicos".

Por unanimidad, el Senado aprobó y despachó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley que regula la comercialización, publicidad y consumo de los cigarrillos electrónicos, prohibiendo su venta a menores de edad.

La senadora Carolina Goic fue la encargada de informar sobre el proyecto que tiene por objetivo incorporar a la legislación vigente que regula el tabaco, la definición de dispositivos alternativos con y sin nicotina, comúnmente denominados "cigarrillos electrónicos".

Por su parte, el ministro de Salud, Enrique Paris, agradeció la aprobación y advirtió que el tabaquismo "produce graves daño a la salud, reconociendo que Chile es uno de los países en que más se fuma".

La propuesta extiende el ámbito de aplicación de la ley que regula las actividades relacionadas con el tabaco, no sólo a aquellas relativas al consumo humano de este producto, sino también a los cigarrillos electrónicos, los productos de tabaco calentado u otros similares, y sobre los accesorios de estos, incluyendo todas sus partes e insumos.

Asimismo, adecua las definiciones contenidas en la ley a la incorporación del cigarrillo electrónico y sus accesorios, dentro de los objetos de regulación de la ley. Así, se incorpora, en el concepto de "publicidad del tabaco" aquellas acciones de promoción del uso de estos dispositivos.

También prohíbe la publicidad de productos de tabaco, de los cigarrillos electrónicos, de los accesorios y de los elementos de las marcas relacionados con dichos productos, y bajo ninguna circunstancia se podrá anunciar o indicar que el producto de tabaco o el cigarrillo electrónico poseen efectos beneficiosos o que se trata de productos más seguros o que son de riesgo moderado o reducido para la salud.

Además, hace aplicables a los cigarrillos electrónicos y a sus accesorios, las restricciones de comercialización y ofrecimiento; las relativas a la instalación y el uso de máquinas expendedoras automáticas, y las normas sobre envoltorios y etiquetados, establecidas respecto de los productos de tabaco,

Finalmente, dispone que en aquellos lugares en los que se encuentra prohibido fumar, también lo estará inhalar productos de tabaco o cigarrillos electrónicos.

PURANOTICIA

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