Lunes 10 de agosto de 2020 08:57

Proyecto de ley que prohíbe embargos y desalojos por arriendos impagos complica al sistema financiero

Iniciativa busca proteger a los chilenos que han sufrido endeudamiento y baja de ingresos en el contexto de pandemia y que no han podido cumplir sus obligaciones.

La Sala de la Cámara aprobó en particular, por 100 votos a favor, tres en contra y 36 abstenciones, el proyecto que dispone la suspensión de embargos y lanzamientos de bienes muebles e inmuebles, con motivo de la situación de emergencia sanitaria, con lo cual la iniciativa pasó al Senado para continuar con su tramitación.

En el debate legislativo se explicó que la iniciativa busca proteger a los chilenos que han sufrido endeudamiento y baja de ingresos en el contexto de pandemia y que no han podido cumplir sus obligaciones.

Si bien, el apoyo fue generalizado, hubo quienes expresaron objeción con extender el plazo a un año luego de finalizado el estado de catástrofe, estimándose excesivo, situación que, según dijeron, podría afectar no sólo a entidades financieras, sino que también a quienes tengan viviendas en arriendo o espacios comerciales, ya que no se podría desalojar a personas que dejen de pagar mensualidades del arriendo.

En base a estas objeciones, el profesor de derecho comercial de la U. de Chile, Álvaro Parra, escribió una carta a El Mercurio en la que dice que el proyecto "es abiertamente inconstitucional, lo que parece que ya no es novedad con algunas leyes. Afecta el derecho de propiedad de los acreedores sobre sus créditos, afecta la garantía constitucional del debido proceso y generará una paralización en el legítimo cobro de acreencias a los acreedores y, lo que es peor, los deudores podrán disponer de sus bienes libremente, porque quedarán inembargables".

En tanto, Karin Moore, investigadora Clapes UC y docente de la U. Católica, dijo a La Tercera que "resulta preocupante lo planteado por este proyecto, pues, eventualmente, podríamos caer en el absurdo de que resulte más conveniente pedir la quiebra (liquidación) del arrendatario que no pagó, por ejemplo" y añadió que "sobre su constitucionalidad, podría ser discutible lo referente al derecho de propiedad y debido proceso, debilitándolo. Por ejemplo, imposibilidad de lanzamiento versus derecho a usar, gozar y disponer".

En contraparte, el académico de la U. Diego Portales, Javier Couso, sostuvo que el proyecto no es categóricamente inconstitucional, pues comentó que sería un caso complejo de definir, principalmente por las personas que tienen una propiedad en arriendo y viven de ello. Al respecto, explicó que hay dos valores constitucionales en juego: la salubridad y seguridad pública de personas que pueden terminar en la calle por la pandemia, y por otro lado, está el derecho de propiedad, según consigna La Tercera.

En base a todas estas opiniones, el diputado Alexis Sepúlveda (PR), uno de los autores del proyecto, aseguró al matutino que "lo que nos interesa es que las instituciones financieras no se aprovechen de esta crisis económica".

PURANOTICIA

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