Martes 29 de diciembre de 2020 12:06
Movilh demanda al Estado chileno por fallo que favoreció a Catedral Evangélica
La iglesia fue condenada por las expresiones del entonces director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, Cristián Nieto, con motivo de la despenalización de la homosexualidad.
El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) demandó este martes al Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), debido a que un fallo consideró inofensivo y no discriminatorio que se asocie falsamente las demandas y luchas del activismo LGBTIQ+ con el abuso de niños y la prostitución infantil.
La demanda fue preparada por los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic, y se basa en que la Corte Suprema confirmó este año un fallo de la Corte de Apelaciones que, a su vez, anuló una sentencia de primera instancia del 25° Juzgado Civil de Santiago, el cual condenó a la Catedral Evangélica por daño moral al Movilh.
En concreto, la iglesia fue condenada por las expresiones del entonces director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, Cristián Nieto, con motivo de la despenalización de la homosexualidad.
"El Movilh está pidiendo que una relación sexual entre un adulto y un niño menor de 14 años sea consentida, sea consentida, ¿y qué significa ser consentida?, que un niño diga 'sí, yo tengo ganas de estar con este señor'. (..) Se imaginan lo que es un niño abandonado en una calle, debajo de un puente, que le ofrezcan un par de zapatillas Nike o un polerón que él desea, por mantener una relación sexual con ese adúltero, o ese pecador, comprándose a ese niño", indicó Nieto en su prédica. Las declaraciones fueron luego reproducidas por la Catedral Evangélica a través de su canal oficial de Youtube.
Si bien el 25° Juzgado Civil de Santiago consideró que tales afirmaciones adjudicaban un delito al Movilh, eran discriminatorias y no se enmarcaban ni en la libertad de culto, pues eran disputa político-legislativa, ni en la libertad de expresión, en tanto dañaban la dignidad del Movilh y sus activistas, la Corte de Apelaciones dijo todo lo contrario.
Según el tribunal de alzada, en ningún caso las afirmaciones de la Catedral denostaban o dañaban al Movilh, ya que se enmarcaban en la libertad de culto y estaban protegidas por la libertad de expresión. ESTO luego lo reafirmó la Suprema.
En la demanda presentada ahora contra el Estado de Chile los abogados Colombara y Marelic calificaron de "sorprendente" el fallo de la Suprema, en tanto, "viene a considerar que cualquier discurso en el marco de la Libertad de Expresión brinda inmunidad a la homofobia". Así se tergiversa el sentido de la Libertad de Expresión, en el marco de un caso donde los "dichos homofóbicos no son negados" por el Poder Judicial y, pese a ello, no adopta medidas.
Acto seguido, se precisó que el fallo de la Suprema vulneró las normas contenidas en los artículos 1.1, 8, 12, 24 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, los cuales garantizan la no discriminación, las garantías de un juicio justo, la igualdad ante la ley y la protección judicial, en forma respectiva.
La demanda, señalaron Colombara y Marelic, "debe abordar una pregunta jurídica central. ¿Puede el Poder Judicial desestimar de plano una demanda civil por expresión homofóbica considerándola un discurso protegido? Y la respuesta es no, no puede"
"Si el Poder Judicial pretende desestimar una demanda civil, debe hacerlo en base a la ponderación de los elementos y no considerar un rechazo a nivel teórico, en el entendido que presuntamente la Libertad de Expresión otorga inmunidad para decir lo que se quiera causando el daño que se quiera", puntualizó la demanda.
El encargado de Derechos Humanos del Movilh, Ramón Gómez, apuntó que "este es uno de los fallos más funestos y homofóbicos de la Suprema, que retrocedió mil pasos en todo lo avanzando en derechos LGBTI en el Poder Judicial desde el 2015. Esperamos que el Estado no salga impune de este abuso".
PURANOTICIA